El Juzgado de Garantía de Graneros revisará en los próximos días la prisión preventiva del dueño de Línea Azul, quien permanece detenido hace un mes, imputado por la muerte de seis personas y las lesiones a 46 pasajeros, tras el volcamiento de un bus a fines de julio en la región de O’Higgins.

A través de un escrito ingresado por su abogado defensor, Juan Carlos Manríquez, el empresario Marcelo Hernández pidió a los tribunales revocar o sustituir la prisión preventiva decretada tras el accidente que costó la vida a seis pasajeros de un bus de la Línea Azul la madrugada del 29 de julio.

Según la solicitud, existen nuevos antecedentes en la investigación en la que Hernández está imputado por los delitos de homicidio y cuasidelito de lesiones a las casi 50 personas que resultaron con heridas tras el volcamiento de la máquina cerca del casino Monticello en la Ruta 5.

El abogado querellante, Franklin Bustos, quien representa a los familiares de dos de las víctimas fatales, adelantó que se opondrán a la petición de Hernández, asegurando que nada ha cambiado respecto de su responsabilidad en la tragedia.

Pero además, agregó el abogado Bustos, atendida la gravedad de los cargos que enfrenta el dueño de la empresa Línea Azul, la eventual sanción que pueda recibir en un juicio oral son penas efectivas de cárcel y de allí la necesidad que se mantenga la prisión preventiva.

La audiencia respecto de Marcelo Hernández fue programada por el Juzgado de Garantía de Graneros para el próximo 4 de septiembre, agendándose para la misma fecha la revisión de las medidas cautelares de los otros dos imputados por el fatal accidente: el chofer Edison Aedo, quien permanece en arresto domiciliario, y el jefe del taller mécanico de Línea Azul, Daniel Guajardo, con la misma cautelar.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)