Hasta el 20 de julio de 2023, "la Isapre Nueva Masvida mantiene la cobranza al querellante de una deuda que desconoce, puesto que, en el ‘sistema’, no aparece información por estar desafiliado del sistema de salud privada”.

En el Juzgado de Garantía de Punta Arenas se presentó una querella, la cual fue declarada admisible, en contra de la Isapre Nueva Masvida, acusándola de apropiación indebida y todos los delitos que en mérito de la investigación se determinen.

El escrito, presentado por el abogado Robinson Quelín en representación de su cliente, explica que el ilícito se dio después de que su representado estuvo hospitalizado en dos ocasiones, la primera dejó un monto a pagar de $2.198.075, mientras que la segunda $7.137.939, la cual fue pagada directamente a la Cínica Red Salud Magallanes, sin embargo, la Isapre no remite presupuesto.

Luego se explica que el querellante fue desafiliado de la Isapre, “lo que hace consistir el ilícito es el hecho que mantuvo el pago de las cotizaciones previsionales con posterioridad a las fechas de entrega del Programa Médico y de la Cobranza de la Hospitalización desde el 16 de marzo de 2022, apropiándose la Isapre recurrida de sus cotizaciones enteradas de forma independiente hasta el mes de enero de 2023″.

Hasta el 20 de julio de 2023, “la Isapre Nueva Masvida mantiene la cobranza al querellante de una deuda que desconoce, puesto que, en el ‘sistema’, no aparece información por estar desafiliado del sistema de salud privada”.

Querella contra Isapre Nueva Masvida

El escrito dice que la isapre informó en un correo que en virtud de lo establecido en la ley 19.650, la entidad otorgó un crédito para el pago de las prestaciones no cubiertas por su plan de salud (copago).

“Mi representado no reconoce la existencia de un crédito para el pago de prestaciones de urgencia vital, comprenderá que esa situación es un hecho no previsto, por lo que no se ajustaría a derecho tampoco que se mantenga a la fecha una cobranza pre judicial, y a la vez se haya adoptado una decisión unilateral de desafiliación, conculcando derechos fundamentales”, señala el jurista.

Así también indica que “sí existe constancia de pago de una suma superior a siete millones de pesos, lo que estima mi parte de aquel monto pagado se habría realizado una apropiación indebida de dinero por parte de la querellante, y también respecto de las cotizaciones enteradas cuando paralelamente lo habrían desafiliado”.

“Se recurre ante la justicia ordinaria puesto que la querellada no ha entregado información alguna acerca del crédito otorgado, de las deudas pendientes, de los reembolsos correspondientes, estimando que existiría un ilícito por parte de la querellada”, añade.

Finalmente, como es habitual, se solicita ordenar investigaciones y diligencias para esclarecer los hechos.