El Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas acogió a trámite la demanda interpuesta por los Sindicato Empresa Producción y Servicios Mineros Limitada y del Sindicato de Empresa Equipos Mineros Rio Grande Limitada contra cinco empresas que operan en la mina Invierno, ubicada en Isla Riesco, alegando que corresponden a un único empleador.

En el fallo, la jueza Claudia Ortiz acogió parcialmente la demanda estableciendo que las empresas Mina Invierno S.A., Minera Invierno S.A., Rentas y Construcción Fitz Roy Limitada, Productos y Servicios Mineros Limitada, Portuaria Otway Limitada y Equipos Mineros Río Grande Limitada, constituyen un solo empleador para efectos laborales y previsionales.

“Existe una dirección laboral común que se manifiesta en el Plan de Trabajo, reclutamiento y desvinculación de personal”, explica la sentencia. Además, observaron que las cinco empresas compartes “política de Seguridad y prevención de Riesgos, la de Administración y Logística o la imagen corporativa”.

“Si bien cada razón social cuenta con su fuerza de trabajo y sus respectivos mandos, el aprovechamiento empresarial del trabajo organizado es colectivo y somete a todos los dependientes contratados a una misma ordenación y a una misma dirección o autoridad sobre su desempeño”, esgrime el fallo.