Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
La Municipalidad de Puerto Montt solicitó la renuncia del director de Seguridad Pública, Andrés Canelo, y de la funcionaria Camila Vergara, al confirmarse un parentesco entre ambos no informado previamente. El alcalde Rodrigo Wainraihgt anunció el inicio de un sumario administrativo para esclarecer la situación. Según Radio Bío Bío, Vergara sería hijastra de la esposa de Canelo y ocupaba un rol subalterno en la entidad. El municipio afirmó su compromiso con la transparencia y el respeto a los procedimientos legales, rechazando cualquier vulneración a la legislación vigente.
La Municipalidad de Puerto Montt solicitó la renuncia de su director de Seguridad Pública, Andrés Canelo, por no informar una relación de parentesco con otra funcionaria de la casa edilicia.
Por lo anterior también se pidió la renuncia a la funcionaria municipal Camila Vergara.
El alcalde de Puerto Montt, Rodrigo Wainraihgt, informó que esta decisión se adoptó “luego de confirmar que existe una relación de parentesco entre ambos, la que no fue debidamente informada”.
Ante lo ocurrido, la Dirección Jurídica de la casa edilicia ha iniciado un sumario administrativo que busca esclarecer los hechos.
De acuerdo con la información recabada por Radio Bío Bío, Vergara es la hijastra de la esposa de Canelo y en el municipio cumplía rol de subalterna.
El jefe comunal añadió que los antecedentes del caso serán puestos a disposición del Ministerio Público.
Junto con ello, reafirmó el compromiso del municipio con la transparencia y el respeto de los procedimientos administrativos. Además, rechazó cualquier acto que pueda vulnerar la legislación vigente, adoptará las medidas del caso.
En el artículo 83 de la Ley 18.883 sobre el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales de Chile estable que “en una misma municipalidad no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica”.
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