La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del exalcalde de Puerto Varas, Álvaro Berger, ratificando la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal en su contra, por lo que deberá cumplir la pena de 5 años de libertad vigilada por fraude al Fisco.

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del exalcalde de Puerto Varas, Álvaro Berger Schmidt, condenado por fraude al Fisco.

En concreto, el tribunal de alzada confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Puerto Montt en contra del exjefe comunal, condenado a la pena de 5 años de libertad vigilada intensiva, como autor consumado de fraude del Fisco.

Cabe destacar que el ilícito se remonta a septiembre de 2015, en un viaje que se esperaba sería para sellar lazos turísticos entre Puerto Varas y Bariloche. Sin embargo, terminó siendo un completo fracaso.

Lo anterior, ya que no se cumplieron los compromisos del viático, donde se invitó a funcionarios extras del municipio y, además, a la pareja del propio alcalde.

Corte de Puerto Montt ratifica sentencia contra exalcalde de Puerto Varas

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia dictada por el TOP de Puerto Montt, Álvaro Berger Schmidt.

“De acuerdo a los hechos establecidos en la sentencia, que en detalle se consignan en el considerando Décimo Segundo del fallo impugnado, a juicio de estos sentenciadores es correcta la calificación jurídica que efectúan los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt”, sostiene la Corte.

Lo anterior, ya que “está en coherencia con la conclusión fáctica a la que arriban para tener por configurado el delito de fraude al Fisco, al señalar ‘de esta manera, Álvaro Berger Schmidt, en la calidad que ostentaba a la fecha, abusando de su cargo, de la apariencia de legalidad y legitimidad que sus actuaciones como alcalde generaban“, explica.

El exjefe comunal “realizó maniobras tendientes para obtener pagos improcedentes, al permitir los pagos a su comitiva, sabiendo que el viaje carecía de un interés público, propiciando un viaje al extranjero que tenía la apariencia de una misión oficial del jefe comunal, junto a una delegación, todos quienes debían trasladarse a Bariloche”, detalla.

Esto, “con el supuesto objetivo de concurrir ‘a la firma del Convenio de promoción turística, intercambio cultural y comercialización de productos regionales de la economía popular solidaria y otros’, entre los días 04 al 08 de septiembre del año 2015″, agrega.

“Para estos efectos, Álvaro Berger Schmidt, dispuso entregarse a él, a los concejales y a seis funcionarios municipales, vía anticipo de viático y fondos a rendir, dinero o bienes públicos destinados a satisfacer las necesidades del servicio del municipio, para utilizarlos en actividades y fines de interés personal, las cuales no se encontraban autorizadas ni comprendidas en la comisión de servicios”, recalca.

“Dicha comisión nunca se concretó, consumándose la defraudación que generó un perjuicio para las arcas municipales y el erario fiscal, por el monto de $5.338.080’”, precisa el fallo.

De esta manera, se rechazó el recurso de nulidad solicitado por la defensa del exalcalde de Puerto Varas, confirmando la sentencia previa del TOP de Puerto Montt.

Asimismo, se mantiene las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos en contra de Álvaro Berger, así como la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

Esto, además de la inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos por el término de 5 años; más el pago de una multa a beneficio fiscal, equivalente al 50% del perjuicio irrogado.