Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
La Unidad de Delitos Económicos del Ministerio Público de La Araucanía investiga a Mónica Castro Canales, expresidenta del sindicato de trabajadores del casino Dreams de Temuco y Coyhaique, por apropiación indebida de 80 millones de pesos de cuotas de los socios. La querella, admitida por el Tribunal de Garantía, revela una carta de disculpas de la acusada alegando usar el dinero para ayudar a compañeros.
La Unidad de Delitos Económicos del Ministerio Público de La Araucanía confirmó que se abrió una investigación luego que el Tribunal de Garantía declaró admisible una querella presentada en contra de la expresidenta del sindicato de trabajadores del casino Dreams de de Temuco y Coyhaique, Mónica Castro Canales, como autora del delito de apropiación indebida.
La información fue confirmada a La Radio por el fiscal de Delitos Económicos, Luis Torres, quien dijo que ya solicitó diversas diligencias a la Brigada de Delitos Económicos de la Policía de Investigaciones.
En la acción legal se acusa a la expresidenta del sindicato de apropiarse de 80 millones de pesos que corresponden a las cuotas pagadas mensualmente por los socios del sindicato y cuyo paradero aún es un enigma.
Dentro de los antecedentes que indaga la PDI, se encuentra una carta de disculpas que la expresidenta del sindicato, quien se desempeña como administrativa en el área de seguridad del Casino Dreams de Temuco, le hizo llegar a los trabajadores en agosto del 2025.
En la misiva, afirma: “He usado el dinero de nuestra organización para ayudar a algunos de nuestros compañeros que estaban pasando por los momentos más oscuros de sus vidas…”.
Finalmente, el Ministerio Público deberá determinar con estas diligencias si hay elementos para formalizar investigación tras la querella presentada por los socios del sindicato del Casino Dreams.
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Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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