El abogado que representa al comunero mapuche aseveró que el recurso se sustenta en que "no se respetaron los derechos de la defensa, el derecho a preparar adecuadamente el juicio y la indeterminación de los cargos (por los que fue condenado)".

La Corte de Apelaciones de Temuco -en la región de La Araucanía– revisó y quedó en acuerdo la resolución del recurso de nulidad del juicio en que se condenó a Luis Tranamil Nahuel en calidad de coautor del homicidio del carabinero Eugenio Naín, hecho registrado en octubre de 2020 en la Ruta Sur.

Ante los ministros de la Segunda Sala del Tribunal de Alzada se desarrolló la referida audiencia, derivada del recurso de nulidad presentado por la defensa del único acusado y condenado por estos hechos, detallando el abogado, Pablo Ortega, las causales que invocaron para presentar el escrito que consta de 78 páginas.

Según explicó, “no se respetaron los derechos de la defensa, el derecho a preparar adecuadamente el juicio y la indeterminación de los cargos”. A ello suma -añadió- que los peritos determinaron una cosa y el Tribunal Oral en lo Penal entendió y sancionó otra.

El Tribunal Oral de Temuco condenó a Luis Kallfulicán Tranamil Nahuel a la pena de cumplimiento efectivo de 17 años de presidio en calidad de coautor del delito consumado de homicidio de carabinero en servicio, además de 10 años y un día de presidio, como coautor del delito frustrado de homicidio de carabinero en servicio y 5 años y un día de presidio por el delito de homicidio frustrado del conductor de un camión, al tiempo de absolverlo del delito de porte ilegal de arma de fuego.

En total, el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco condenó a Tranamil a 32 años de presidio efectivo.

La resolución de los ministros quedó en acuerdo, contando con 10 días hábiles para informarla.