La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 2.000 UTM contra la empresa eléctrica Engie Energía Chile SA, aplicada por interrupciones al servicio en la comuna de Mejillones, región de Antofagasta, durante junio de 2016.

Esto, tras descartar una infracción en la resolución sancionatoria adoptada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a la empresa.

“Constituye un hecho indubitado que la sanción impuesta a la reclamante tuvo su origen en una falla en la Subestación Mejillones el 3 de junio de 2016, que dejó sin suministro de energía a 6.195 usuarios por un período de 7 horas y 43 minutos”, señala el fallo.

Además, la resolución agrega que “tal situación fue provocada por la salinidad del ambiente y el sometimiento prolongado a corrientes superiores a las de diseño de un conductor de la empresa Engie, dejando, consecuentemente, sin suministro eléctrico a la empresa Elecda, y con ello, a los consumidores finales”.

“La sanción aplicada por la autoridad recurrida, frente a una falta grave, resulta adecuada y proporcional a la entidad de la vulneración a los bienes jurídicos protegidos, ello en atención a la entidad y afectación de las infracciones constatadas y no desvirtuadas”, sostiene el tribunal.

Finalmente, la Corte señala que la norma citada “faculta a la administración a aplica una multa de hasta 5.000 U.T.A., que equivalen a 60.000 U.T.M., por lo que la multa de 2.000 U.T.M. impuesta a la reclamante resulta consistente con la magnitud de la infracción constatada, la participación en los hechos, su capacidad económica, la conducta anterior y con la necesidad de generar señales adecuadas para evitar la reiteración de hechos como los descritos”.