Con 125 votos a favor, 12 en contra y 2 abstenciones, la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó el informe de la Comisión Mixta sobre la reforma al sistema político. Con ello, el proyecto concluyó su trámite legislativo y quedó listo para ser despachado a ley.
La iniciativa, presentada durante el gobierno del expresidente Gabriel Boric, modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de introducir cambios al sistema político, en materias como gobernabilidad y representatividad.
En tanto, el diputado Jaime Mulet (FRVS) anunció reserva de constitucionalidad, ya que, a su criterio, se restringe el derecho a la asociación, además de que se dificultaría la permanencia y la creación de nuevas colectividades.
El acuerdo logrado en la Mixta y el debate político
La Comisión Mixta resolvió una diferencia entre el Senado y la Cámara sobre el contenido de las declaraciones de principios de los partidos políticos.
La propuesta establece que los partidos deberán condenar los sistemas totalitarios, rechazar la violencia como método de acción política y comprometerse con la probidad y la transparencia en la actividad política.
Quienes apoyaron el informe destacaron que el acuerdo fue alcanzado por unanimidad en la Comisión Mixta y señalaron que estos principios buscan establecer una base común para la convivencia democrática.
En tanto, quienes rechazaron la propuesta cuestionaron que se hayan reemplazado normas más específicas por formulaciones generales, especialmente en materia de corrupción, advirtiendo sobre las posibles interpretaciones que podría generar la nueva redacción.
Cambios a partidos políticos y comités parlamentarios
La norma modifica la Ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, estableciendo cambios en los requisitos para crear colectividades y en su financiamiento público, reforzando los mecanismos de control sobre los recursos fiscales que reciben.
En primer lugar, tendrán 6 meses para adaptar sus declaraciones de principios a los nuevos requisitos que establece la propuesta.
En cuanto a la representatividad, los partidos deberán estar constituidos legalmente en al menos 8 regiones del país. Para ello, deberán contar con firmas equivalentes al 0,3% del padrón electoral definitivo de la última elección de diputados.
Además, los partidos que ya están constituidos tendrán 18 meses para reunir al menos el 50% del número mínimo de afiliados exigido para mantener su legalidad.
Sobre la inscripción de candidaturas independientes, se modificaron las leyes orgánicas de votaciones populares y escrutinios. Hasta antes de esta reforma, estas candidaturas no contaban con restricción cuantitativa respecto a la asociación con independientes, solo aplicando el límite de paridad de género al total de la lista.
En cambio, ahora se necesitará un máximo de 50% de independientes por lista de partido. Si un partido excede ese porcentaje, se rechazan todas las candidaturas independientes presentadas en exceso, no solo el excedente.
Respecto a las candidaturas independientes de municipales y de gobiernos regionales, estas siguen rigiéndose por sus propias normas dentro de la Ley N° 18.700.
Respecto de los comités parlamentarios, el proyecto les da un reconocimiento legal y establece como infracción grave incumplir los acuerdos adoptados por el comité al que pertenezcan diputados o senadores.
Además, si un parlamentario renuncia a un comité, este mantendrá las asignaciones que recibía por ese diputado o senador. Si mismo el parlamentario se incorpora a otro comité, este no recibirá un aumento en sus asignaciones.