En monedas debió pagar un abogado una fianza al TC para declarar la inconstitucionalidad de la CAM y los ORT Lafkenche, Wenteche Katrileo y Nagche. Según explicó a BioBioChile, el Tribunal no habría contado con una cuenta bancaria habilitada para realizar ese tipo de pagos.

En su búsqueda por declarar inconstitucional a la Coordinadora Arauco-Malleco (CAM), el abogado Ronald Von Der Weth pagó en monedas una fianza al Tribunal Constitucional (TC) para asegurar llevar adelante la acción constitucional.

El 13 de marzo, el TC declaró admisible el recurso presentado por Ronald Von Der Weth, en compañía del abogado Antonio Barchiesi, para declarar inconstitucional a la CAM y a los Órganos de Resistencia Territorial (ORT) Lafkenche, Wenteche Katrileo y Nagche.

Según explicó Ronald Von Der Weth a Radio Bío Bío, sería la primera vez en democracia en presentar un trámite constitucional de similares características. Asimismo, señaló que sería “el primer paso” para definir una estrategia estatal para el combate de la CAM.

¿Qué busca el trámite constitucional?

BioBioChile se contactó con el abogado Ronald Von Der Weth, quien comentó que el requerimiento “es el primer paso para armar una estrategia nacional en contra de la CAM, y esto implica enfrentarlo con toda la fuerza del Estado de derecho”.

“Nosotros no estamos enfrentándolos con armas de guerra. Primero, estamos haciendo una acción declarativa para que cualquier gobierno, sea de izquierda o de derecha, tenga las atribuciones y el respaldo legal para enfrentar a estas organizaciones insurgentes“, agregó.

“Esta es la primera vez en la historia democrática del país que se puede debatir sobre la constitucionalidad de un grupo insurgente. Eso nos tiene, por un lado, bien satisfechos porque el TC ha dado una muestra de abrirse a este debate, que antes lo había rechazado de plano”, precisó el abogado.

Además, añadió que esperan que el TC, una vez que se rindan las “pruebas contundentes” que presentaron, “delibere y se declare la inconstitucionalidad de la CAM y de las otras 4 ORT”.

Pero… ¿Por qué el pago se realizó en monedas?

La ley establece que todas las personas naturales o jurídicas que presenten este tipo de requerimientos tendrán que pagarle una fianza al TC.

“Las personas naturales o jurídicas que no sean órganos constitucionales y que deduzcan la acción pública a que se refiere el inciso decimoquinto del artículo 93 de la Constitución Política, estarán obligadas a afianzar las resultas de su acción a satisfacción del Tribunal, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 128 y 137 de esta ley”, dice el artículo.

Según la ley, el TC impondrá el pago de esa fianza sólo en el caso de que el requerimiento sea rechazado. “El Tribunal impondrá las costas a quien haya requerido su intervención si dicho requerimiento fuere rechazado en la sentencia final”, explicó.

“Con todo, el Tribunal podrá eximirlo de ellas cuando aparezca que ha tenido motivos plausibles para formular el requerimiento, sobre lo cual hará declaración expresa en su resolución. La regulación de tales costas se hará discrecionalmente por el propio Tribunal”, agregó.

Pero, ¿Por qué el pago se realizó en monedas? Según explicó el abogado a BioBioChile, el TC no habría contado con una cuenta bancaria habilitada para realizar ese tipo de pagos. Eso, pues habría sido la primera vez que el TC pide una fianza para asegurar la acción constitucional.

Al intentar realizar el pago de la fianza mediante un cheque vista, el TC no procesó el pago pues no contaba con cuenta bancaria.