El sobrino del expresidente Eduardo Frei fue formalizado por delitos de estafa y uso malicioso de instrumento público falso, quedando con arraigo nacional y firma mensual.

Con la medida cautelar de arraigo nacional y firma mensual, quedó Eduardo Frei Parada, sobrino del expresidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle, a quien se le imputó los delitos de estafa y uso malicioso de instrumento público falso.

Recordemos que el padre del formalizado, Francisco Frei Ruiz-Tagle, también fue formalizado luego que el exmandatario presentara una demanda en su contra.

El exsenador le acusa de estafarlo por 1.500 millones, además de otros ilícitos relacionados con la empresa familiar Saturno S.A.

Recordemos que la Fiscalía Metropolitana Centro Norte señaló que el imputado abusó de su calidad de gerente general y representante legal, y realizó actos defraudatorios durante 15 años.

Entre ellos, liquidar instrumentos financieros de la sociedad, obtener créditos de diversos bancos e incluso imitar la firma de su hermano.

En tanto, en esta audiencia de formalización liderada por el fiscal Francisco Jacir ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, también le imputaron cargos al notario Mario Bastías.

Este último quedó con las mismas medidas cautelares, es decir, firma mensual y arraigo nacional.

Asimismo, se amplió el plazo de la investigación a cinco meses, tal como lo pidió el fiscal Jacir.

Querellantes valoraron formalización de sobrino del expresidente Frei

El abogado querellante de la causa, Sergio Rodríguez Oro, valoró la formalización de Frei Parada.

“Creemos que es un avance en la investigación”, sostuvo. No obstante, agregó que aún quedan diligencias para determinar si hay más responsables.

“Todavía hay bastantes diligencias que realizar y seguir ahondando en la investigación y determinar si existen otras personas partícipes en los graves delitos económicos cometidos por Francisco Frei y su familia”.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)