El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó la impugnación que impedía a Marco Enríquez-Ominami presentarse como candidato para las próximas elecciones presidenciales de noviembre.

Este viernes, el Tricel acogió el recurso de apelación presentado por Marco Enríquez-Ominami que buscaba anular la resolución del Primer Tribunal Electoral de la región Metropolitana que lo excluyó del padrón electoral.

Eso último, tras acoger la impugnación del abogado y excandidato a diputado por el Partido Democracia Regional Patagónica, Mario Esquivel Lizondo.

“Yerra la sentencia de alzada al estimar que la circunstancia de haberse dictado veredicto absolutorio en favor del impugnado no tiene el efecto de poner término a la suspensión de su derecho a sufragio”, indica el fallo.

“Por cuanto precisamente dicha comunicación no hace sino más que enfatizar el principio de inocencia de que goza, toda vez que al haberse determinado su inocencia y haberse ordenado el alzamiento de todas las medidas cautelares que pesaban sobre el imputado, cesó también la suspensión de su derecho a sufragio, tal como se dijo”, agrega.

En ese sentido, añade que “en las especiales circunstancias que da cuenta esta causa, apreciados los hechos por este tribunal como jurado, no se configura la hipótesis invocada por el impugnante, razón por la que su pretensión no ha podido prosperar”.

Lee el fallo completo a continuación:

“Al ordenar al Servel que excluyera a nuestro representado del Padrón Electoral, el Primer Tribunal Electoral Regional vulneró el principio de inocencia”, enfatizó en su oportunidad la defensa de ME-O, los abogados Ciro Colombara y Aldo Díaz.

“El Primer Tribunal Electoral Regional interpretó erróneamente el fallo del Tribunal Constitucional”, agregaron.

De esta manera, el Ticel dio la razón al fundador del Partido Progresista y dejó sin efecto la orden del Servel de excluirlo del Padrón Electoral Auditado, lo que inmediatamente confirma que ME-O estará en la papeleta presidencial en noviembre próximo.