En abril de 2020, Chile dirimirá en las urnas a través de un plebiscito de entrada si quiere o no nueva Constitución y qué órgano debería redactar esa Carta Magna de ganar tal opción.

Hay dos fórmulas disponibles: una que involucra solo ciudadanos y otra que contempla un 50% de parlamentarios en ejercicio.

Quienes lleguen a conformar tal convención serán conocidos como delegados constituyentes y tendrán que ser escogidos en las elecciones municipales y territoriales de octubre de 2020, proceso en el cual no podrán participar los chilenos en el extranjero.

Como se trata de comicios territoriales, por distritos ubicados dentro del país, quienes viven en el fuera de Chile no están incluidos dentro de la Ley aprobada en octubre de 2016, que autorizó a ciudadanos sobre los 18 años debidamente registrados, a participar de primarias presidenciales, elecciones presidenciales, segundas vueltas y plebiscitos.

No obstante, quienes residan en otro país sí podrán formar parte de los referendos de entrada y ratificatorio, instancia que se deberá llevar a cabo a los 60 días que la propuesta de Constitución sea entregada.

Según explicó a El Mercurio el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Patricio Santamaría, aquello se podría revertir enviando al Congreso un proyecto habilitante.

“Solo una norma expresa en la legislación que implemente los acuerdos y regule los futuros plebiscitos permitiría que nuestros compatriotas (en el extranjero) participen en la elección de convencionales constituyentes del 25 de octubre de 2020″, explicó.

“De no haber una norma especial, solo podrán participar en el plebiscito que definirá si se quiere o no una nueva Constitución y el mecanismo para redactarla, y en el plebiscito ratificatorio”, agregó.

Arbitrariedad

Por años, la proporción de candidatos en todas las elecciones fue arbitraria, lo que llevó a que muchas veces áreas con mayor población terminaran con menos representantes en el Congreso y viceversa.

Ese sistema estará vigente hasta las elecciones de 2021 tras una reforma realizada por la expresidenta Michelle Bachelet, quien, a través del artículo 189 de la Ley de Votaciones y Sufragios, estableció que el Servel tiene que asignar cada diez años los escaños de los 28 distritos en base a los datos del último Censo.

De esta manera, el número mínimo de escaños será tres y el máximo ocho a modo de cuidar la representatividad de todos los sectores, especialmente aquellos con muy poca población.

A través de una carta enviada al citado medio, Andrés Tagle, consejero del Servel, hizo “personalmente un llamado a los partidos políticos que han suscrito el acuerdo por la paz social y la nueva Constitución para que se asigne a los distritos los escaños que se fijen para la Convención Constituyente (mixta o no) sobre la base de lo establecido en el artículo 189 ya citado”.

Aquello, “con estricto apego a la proporcionalidad por habitante y respetando el principio de la igualdad del voto. Así, la Convención Constituyente será realmente democrática”, concluyó.