La Corte Suprema, en fallo unánime, confirmó la sentencia que condenó a la empresa Société Air France a indemnizar a una familia por la suspensión de un vuelo que los dejó en Europa sin poder regresar a Chile, en un hecho ocurrido en septiembre de 2014.

La Primera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación deducido en contra del fallo que condenó a la línea aérea, por lo que Air France deberá pagar una indemnización total de $2.730.000 a cada uno de los afectados por incumplimiento del contrato de transporte aéreo suscrito.

Todo ocurrió cuando la familia, compuesta por la pareja y sus tres hijos, voló de Santiago a París, y luego a París a Roma, teniendo problemas cuando debían regresar a Chile.

El 20 de septiembre de 2014 tenían pasaje de retorno, pero tres días antes la agencia de viajes les consultó si habían recibido comunicación desde la aerolínea, ya que en sus registros figuraba que su vuelo había sido cancelado. Los pasajeros aseguraron que no habían recibido ninguna notificación por parte de Air France.

Gracias a gestiones de la agencia de viajes consiguieron pasajes en otra aerolínea, pero dos días después de la fecha del viaje original, debiendo pasar así un día en Roma y otro en Madrid, incrementando sus gastos en traslados y alojamiento.

Los demandantes indicaron que la cancelación del vuelo respondió a una huelga de pilotos, pero cuestionaron que la empresa no tomara medidas para atender a los pasajeros. Solicitaban el pago de 15 millones de pesos por daño moral, los que no fueron considerados por la justicia.