Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
Conductores podrían ser multados por mojar peatones en medio de fuertes lluvias, como mal actuar durante el sistema frontal. Expertos advierten sobre conducir con precaución en calles con acumulación de agua. Infracción menos grave implica multa de entre $35.824 a $71.649, sin importar tipo de licencia.
No solo las empresas pueden verse sometidas a sanciones por mal actuar en medio del sistema frontal. Los conductores también podrían enfrentar multas en caso de realizar una de las acciones más cuestionadas en medio de episodios de fuertes lluvias: mojar peatones.
Siempre se recalca que en invierno, la conducción de un vehículo debe ser extremando las medidas de seguridad, aumentando espacios entre vehículos junto con una conducción a la defensiva. Y en el caso de calles con pozas, acumulación de agua o sumideros colapsados, el manejo debe ser con especial precaución.
Con todo, suele verse ocasiones donde los autos pasan a gran velocidad, levantando -sin querer o con conocimiento de la persona- una barrera de agua que empapa a todos quienes se ubican cerca o en paraderos.
Agencia UNO
En este contexto, el experto en transportes y académico de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Aplicadas de la Universidad de los Andes (Uandes), Rafael Delpiano, advirtió que “un conductor que, al pasar sobre una poza, salpica a un peatón, comete una infracción menos grave”.
Esto se asocia, a su vez, a una multa de media a una Unidad Tributaria Mensual (UTM), equivalente a la fecha a entre $35.824 a $71.649, independiente de si el conductor tiene alguna licencia profesional o de clase B.
Ahora, en el caso de ser un peatón afectado por esta situación, el experto recomendó anotar la patente del vehículo que lo mojó y realizar la denuncia ante Carabineros o el Juzgado de Policía Local correspondiente.
Dado que el sistema frontal ha impactado con especial fuerza diversas comunas del país, en especial del norte, desde la Dirección del Trabajo (DT) han recordado los derechos de los trabajadores, relevando la necesidad de proteger la seguridad y salud de los trabajadores.
Con ello, agregaron que si un establecimiento de trabajo no puede asegurar condiciones básicas por red regular o medios de emergencias como agua envasada, estanques u otros elementos debidamente autorizados, “los trabajadores no pueden continuar desarrollando sus funciones”, por lo que se deberán suspender faenas hasta que se normalice la situación.
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