De acuerdo a la ley, el 31 de diciembre de cada año es feriado bancario, lo que significa que las sucursales de los bancos no atienden de manera presencial. Este 2022, la fecha señalada cae un sábado, por lo que muchos se preguntan si el feriado bancario se traslada al viernes 30 o lunes 1 de enero. Lo cierto es que no será ninguna de las dos alternativas.

Se acercan las fechas de fin de año de este 2022, lo que se traduce en que también se aproxima el feriado bancario, sin embargo, muchos se preguntan cómo funcionarán los bancos antes de Año Nuevo.

Lo anterior, ya que la ley establece que “los bancos no atenderán presencialmente al público los días sábado de cada semana y el 31 de diciembre de cada año”.

¿Qué pasa con el feriado bancario 2022?

Como ya es sabido, el último día del 2022 cae día sábado (31 de diciembre), motivo por el que los clientes de diversos bancos pueden tener la duda de cuándo y cómo operará el feriado bancario.

En ese sentido, mientras algunos suponen que el viernes 30 de diciembre corresponderá al feriado bancario, otros sostienen que este se reemplazaría por el martes 3 de enero del 2023 (lunes 2 es feriado).

Sin embargo, ninguno está en lo cierto, puesto que como establece el artículo 38 de la Ley General de Bancos, esta fecha no se corre al caer día sábado, por lo que no habrá modificaciones de atención al cliente este viernes 30 de diciembre, ni tampoco el martes 3 de enero.

De esta manera, en la jornada mencionada, las personas podrán acudir a las sucursales de los bancos de manera presencial y en el horario habitual, tal como expresa la norma.

¿Por qué es feriado el 2 de enero? ¿Será irrenunciable?

Cabe recordar que el próximo lunes 2 de enero del 2023 será feriado, gracias a una ley promulgada en 2016. Esta establece que cuando el 1 de enero sea domingo, se hará efectivo que el día siguiente sea libre.

La norma tiene como fin, recuperar el descanso que se pierde cuando caen feriados importantes durante un fin de semana.

Vale destacar que la misma ley aplica a las Fiestas Patrias, cuando los días 18 y 19 de septiembre caen en fin de semana, sumándose el día 17 como feriado.

Sin embargo, es importante destacar que ninguno de estos feriados extra tienen el carácter de irrenunciable, los que también están expresados en una norma y corresponden a los días: 1 de enero, 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre.