Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
En medio de disputas judiciales por embargos a deudores del CAE, el Gobierno enfatiza que lo crucial son las personas que deben pagar. La Corte de Apelaciones de Valparaíso emitió fallos opuestos sobre cobros de la TGR, abriendo la posibilidad de que la Corte Suprema resuelva el conflicto. Algunos fallos anulan cobros al considerar inconstitucional la normativa tributaria, mientras otros los respaldan. Expertos señalan que la Suprema deberá aclarar el uso de procedimientos tributarios versus civiles.
En medio de las disputas judiciales por los embargos a deudores del Crédito con Aval del Estado, el CAE, de manera enfática el Gobierno dijo que el centro de todo son las personas que deben dinero, el cual debe pagar. Llamó a no olvidar aquello, que es el foco de la situación.
Ayer jueves, la Corte de Apelaciones de Valparaíso emitió fallos en sentidos distintos respecto de los cobros impulsados por la Tesorería General de la República (TGR).
Este nuevo capítulo podría terminar siendo resuelto por la Corte Suprema.
Disputas por embargos del CAE podría escalar a la Corte Suprema
La Corte de Apelaciones emitió fallos en sentidos distintos respecto de los cobros impulsados por la TGR.
Por una parte, la Tercera Sala acogió un recurso de protección y dejó sin efecto el procedimiento de cobro contra una deudora, al estimar que las obligaciones derivadas del CAE no pueden ejecutarse mediante la normativa tributaria: y que someter a los afectados a este mecanismo vulnera la garantía constitucional de igualdad ante la Ley.
Sin embargo, otras salas del mismo tribunal rechazaron cuatro recursos similares. En esos casos, los ministros concluyeron que la Tesorería actuó dentro de las facultades que le entrega la legislación vigente para recuperar recursos fiscales.
Ante esta diferencia de resoluciones, el director del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa de la Universidad del Desarrollo, Matías Pascuali, señaló que no significa que hayan doctrinas distintas en el Tribunal, sino que es una diferencia que se puede dar según los antecedentes entregados y, además, que es la Corte Suprema quien debería resolver esto.
La controversia se centra en si el Estado puede cobrar estas deudas utilizando los procedimientos del Código Tributario o si, por el contrario, debe recurrir a los mecanismos civiles ordinarios.
En particular, el caso que acogió la Corte de Valparaíso fue por una duplicidad en el cobro, explicó el abogado tributario y académico de la Facultad de Administración y Economía en la USACH, Rodrigo Benitez.
Enfatizó en que los casos son diferentes entre sí y se deben evaluar individualmente.
Desde el Gobierno también se pronunciaron al respecto. El ministro del Interior, Claudio Alvarado, señaló que estas contradicciones pueden suceder y no hay que perder el foco en lo importante.
“(…) Acá lo que importa es el tema de fondo: personas que tienen una deuda durante muchos años y que hoy día tienen que pagar”, sentenció la autoridad.
Debido a estos criterios contrapuestos, y según sea necesario, sería finalmente la Corte Suprema la que entregue una interpretación definitiva sobre la legalidad de los embargos y el mecanismo de cobro aplicado a los deudores del CAE.
Nuestra sección de OPINIÓN es un espacio abierto, por lo que el contenido vertido en esta columna es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial de BioBioChile
Estamos recopilando más antecedentes sobre esta noticia, quédate atento a las
actualizaciones.
Alerta de Spoiler
Este artículo podría contener información clave sobre la trama de un libro, serie o
película.
Advertencia de imágenes explícitas
¡Cuidado! Las imágenes de este artículo pueden herir la sensibilidad de algunas personas.
VER RESUMEN
Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
{{ post.resumen_de_ia }}
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
Violencia contra la mujer
Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, denuncia al
149 de Carabineros, recibe orientación llamando al
número corto 1455 del Sernameg o pulsa para
usar el chat de orientación Sernameg
Suicidio
Si necesitas ayuda psicológica especializada o conoces a alguien que la requiera, el Ministerio
de Salud tiene un teléfono de ayuda atendida por profesionales todos los días del año y las 24 horas,
marcando desde celulares el *4141. Además, puedes recurrir a Salud Responde en el 600 360 7777.
Las personas sordas pueden recibir asistencia ingresando a
este enlace.
Transporte privado
Las aplicaciones de transporte privado pagado aún no se encuentran normadas por la legislación chilena.
Estudio científico
Este artículo se basa en un estudio científico que puede ser sometido a nuevas pruebas para ser validado o descartado. Sus resultados NO deben considerarse concluyentes.