La Tesorería General de la República (TGR) destacó el rechazo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso de tres recursos de protección interpuestos por deudores del Crédito Con Aval del Estado (CAE) -sumado a otra no dada lugar-, con lo que, sostuvo la TGR, el tribunal ” ratificó la plena legalidad de las cobranzas coactivas ejecutadas”.
Esto a pesar de que en uno de los casos resueltos hoy por la Corte se dejó sin efecto el proceso de cobro del CAE, argumentando que estas deudas no son susceptibles de ejecutarse bajo normas tributarias.
Durante el último tiempo, desde la Tesorería han llamado a los deudores a normalizar su situación, ofreciendo facilidades y convenios de pago según niveles de ingresos. Con todo, desde junio que han iniciado embargos de bienes raíces y, en otros casos, han tomado fondos de cuentas bancarias pertenencientes a los deudores.
Corte ratifica legalidad de los embargos de la TGR a deudores del CAE
La TGR destacó en específico el fallo Rol 3249-2026 -en que el tribunal no dio lugar-, donde se acusaba que la institución actuó de forma ilegal mediante el uso de procedimientos del Código Tributario para los requerimientos de pago y ódenes de embargo.
En este sentido, el demandante argumentó que el CAE posee una naturaleza civil y no tributaria -por lo que no le resultaría aplicable los procedimientos ejecutivos del Código Tributario-.
La Quinta Sala de la Corte de Valparaíso determinó que no existe arbitrariedad, ya que, dijo la Tesorería en un comunicado, “una vez que el deudor incumple y se hace efectiva la garantía estatal, TGR está mandatada a perseguir la recuperación de los dineros públicos mediante el proceso de cobro regulado en el Código Tributario”.
En este sentido, la resolución pone énfasis en lo dispuesto en el artículo 18 bis de la Ley N°20.027 y en el artículo 35 del Decreto Ley N°1.263, que permiten a la TGR proceder a la cobranza de los créditos con aval estatal mediante los procedimientos establecidos en el Código Tributario.
“Este triunfo judicial se suma a recientes fallos de la Corte de Apelaciones de Arica y a los más de 450 recursos de protección que la Corte Suprema ha declarado inadmisibles en esta materia a la fecha”, expresaron, apuntando que la justicia “ha ratificado sostenidamente” que los recursos de protección no son la vía idonea para que se debata la naturaleza jurídica de la deuda o cuestionar el proceso y tribunal competente de cobro.
Los casos resueltos por la Corte
Ahora bien, desde el Poder Judicial entregaron más detalles sobre los casos resueltos por la Corte, explicando que en uno de ellos se acogió -en fallo dividido- el recurso de protección de la causa rol 3.809-2026.
En este caso, se concluyó que el accionar de la TGR “lesiona la garantía constitucional de igualdad ante la ley, al obligar a la parte recurrente a someterse a un procedimiento más restrictivo que el juicio ejecutivo previsto para el cobro de créditos ordinarios”, sostiene el reporte del Poder Judicial.
La resolución agregó que si bien el Estado es acreedor de estas obligaciones, los créditos universitarios tienen una naturaleza especial, por lo que no pueden equipararse a otras acreencias posiblemente ejecutables bajo normas tributarias. Incluso, la Tercera Sala del tribunal de alzada remarcó que el mecanismo aplicado restringe las posibilidades de defensa del deudor.
En otras tres causas con fallos unánimes (3.337-2026, 3.349-2026 y 3879-2026), la Cuarta Sala de la Corte rechazó las acciones, luego que se consideró que la controversia excedió el ámbito del recurso de protección, dado que requiere determinar la naturaleza jurídica de las obligaciones del CAE y el proceso legal de cobro.
Hace una semana, la TGR anunció que comenzaron a ejecutar embargos sobre bienes raíces de deudores, advirtiendo que de no regularizar la situación, las personas invocluradas pueden verse arriesgadas a perder su inmueble por remate judicial.
Con ello, anunciaron nuevos convenios flexibles, eliminando la obligación de pagar el 10% del total de la deuda de una sola vez.
Sin embargo, con el pasar de los días comenzó a hacerse patente una situación en redes sociales: personas que alegaban embargos en sus cuentas bancarias -incluidas las de ahorro-, quitando todos sus fondos.
Si bien el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, ha dado a entender que el general de los embargos se han aplicado a personas con remuneraciones sobre $3,5 millones, la autoridad dijo que en caso que hubiera gente por debajo de ese monto, “voy a conversar con Tesorería para ver de qué modo se les puede buscar una solución distinta”.