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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Tesorería General de la República destaca el rechazo unánime de la Corte de Apelaciones de Valparaíso a recursos de protección de deudores del CAE, ratificando la legalidad de las cobranzas coactivas. La TGR ha iniciado embargos de bienes y fondos de cuentas bancarias de deudores desde junio, argumentando su derecho a recuperar el dinero público. La justicia reafirma la legalidad de los procedimientos utilizados por la Tesorería. La TGR ofrece convenios flexibles para regularizar deudas y advierte sobre la posibilidad de perder propiedades por remate judicial en caso de incumplimiento.

La Tesorería General de la República (TGR) destacó el rechazo unánime de la Corte de Apelaciones de Valparaíso a cuatro recursos de protección interpuestos por deudores del Crédito Con Aval del Estado (CAE), con lo que, remarcó la TGR, el tribunal ” ratificó la plena legalidad de las cobranzas coactivas ejecutadas”.

En el último tiempo, desde la Tesorería han llamado a los deudores a normalizar su situación, ofreciendo facilidades y convenios de pago según niveles de ingresos. Con todo, desde junio que han iniciado embargos de bienes raíces y, en otros casos, han tomado fondos de cuentas bancarias pertenencientes a los deudores.

Corte ratifica legalidad de los embargos de la TGR a deudores del CAE

Dentro de los casos desestimados por el tribunal de alzada, la TGR destacó el fallo Rol N° Protección-3249-2026, donde se acusaba que la institución actuó de forma ilegal medainte el uso de procedimientos del Código Tributario para los requerimientos de pago y ódenes de embargo.

En este sentido, el demandante argumentó que el CAE posee una naturaleza civil y no tributaria -por lo que no le resultaría aplicable los procedimientos ejecutivos del Código Tributario-.

Ahora bien, la Quinta Sala de la Corte de Valparaíso determinó que no existe arbitrariedad, ya que, dijo la Tesorería en un comunicado, “una vez que el deudor incumple y se hace efectiva la garantía estatal, TGR está mandatada a perseguir la recuperación de los dineros públicos mediante el proceso de cobro regulado en el Código Tributario”.

“Este triunfo judicial se suma a recientes fallos de la Corte de Apelaciones de Arica y a los más de 450 recursos de protección que la Corte Suprema ha declarado inadmisibles en esta materia a la fecha”, expresaron, apuntando que la justicia “ha ratificado sostenidamente” que los recursos de protección no son la vía idonia para que se debata la naturaleza jurídica de la deuda o cuestionar el proceso y tribunal competente de cobro.

Hace una semana, la TGR anunció que comenzaron a ejecutar embargos sobre bienes raíces de deudores, advirtiendo que de no regularizar la situación, las personas invocluradas pueden verse arriesgadas a perder su inmueble por remate judicial.

Con ello, anunciaron nuevos convenios flexibles, eliminando la obligación de pagar el 10% del total de la deuda de una sola vez.

Sin embargo, con el pasar de los días comenzó a hacerse patente una situación en redes sociales: personas que alegaban embargos en sus cuentas bancarias -incluidas las de ahorro-, quitando todos sus fondos.

Si bien el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, ha dado a entender que el general de los embargos se han aplicado a personas con remuneraciones sobre $3,5 millones, la autoridad dijo que en caso que hubiera gente por debajo de ese monto, “voy a conversar con Tesorería para ver de qué modo se les puede buscar una solución distinta”.