La Sala del Senado despachó a ley el proyecto que busca prolongar el reintegro parcial del impuesto específico para el transporte de carga.

En concreto, se trata de una iniciativa que comenzó en 2001 y se ha ido prorrogando. En su última instancia, se aprobó en 2015 y estaba pactada hasta el 31 de diciembre de 2018.

Tras la aprobación en ambas cámaras, el proyecto permitirá la extensión del beneficio tributario por cuatro años más, hasta el 31 de diciembre de 2022.

De esta forma, los transportistas, cerca de 27.000 empresas y personas ligadas al transporte de carga -como comentó el ministro de Hacienda, Felipe Larraín- podrán mantener este privilegio.

Puntualmente, el reintegro parcial del impuesto específico rige cuando los transportistas presentan sus facturas de consumo de diesel en su declaración de impuestos mensuales, cuya cobertura depende del nivel de ingresos de la empresa o persona, y se distribuye gradualmente en cuatro tramos:

1) 80% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido iguales o inferiores a 2.400 unidades de fomento (66,1 millones de pesos).

2) 70% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 2.400 y no excedan de 6.000 unidades de fomento (165,3 millones de pesos).

3) 52,5% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 6.000 y no excedan de 20.000 unidades de fomento (551 millones de pesos).

4) 31% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 20.000 unidades de fomento.

*UF de 27.559 pesos al 16 de enero de 2019.