Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
Un grafitero, identificado como "Cente", arriesga hasta 5 años de cárcel y multas que llegan al millón y medio de pesos por vandalizar la turbina de un avión en el Aeropuerto de Santiago. Ingresó al recinto tras hacer un forado en una cerca, rayando un motor de una aeronave en reparación. Según el abogado Rodrigo Guerra, las penas por daños a medios de transporte público van de 541 días a 5 años y multa de 11 a 20 UTM ($786.566 a $1.430.120), mientras que por ingreso no autorizado a una zona la pena es de 61 a 549 días de cárcel y multa de 6 a 10 UTM ($429.036 a $715.060).
Hasta 5 años de cárcel y multas que se acercan al millón y medio de pesos arriesga el grafitero que durante la noche del domingo 31 de mayo vandalizó la turbina de un avión en el Aeropuerto de Santiago.
El sujeto, identificado como “Cente”, ingresó a la losa del terminal aéreo tras realizar un forado en una cerca perimetral. Una vez dentro, se trasladó hasta pistas que están cerradas debido a reparaciones, donde rayó uno de los motores de una aeronave fuera de operación y sin logos visibles.
¿Qué sanciones arriesga el grafitero que vandalizó la turbina de un avión en Santiago?
El abogado penalista y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes (Uandes), Rodrigo Guerra, explicó a BioBioChile que “en el caso de los daños ocasionados en medios de transporte público de pasajeros o en bienes o infraestructura asociada a dicha actividadla pena es de 541 días a 5 años y multa de 11 a 20 UTM“, esto es $786.566 a $1.430.120 a junio de 2026.
Ahora bien, agrega que respecto al ingreso a una zona no autorizada por sus moradores y violación de morada, las penas son 61 a 549 días de cárcel, y una multa que va de 6 a 10 UTM ($429.036 a $715.060).
Respecto a si existe una diferencia entre hacer un grafiti en la calle o vandalizar un avión en un aeropuerto, el abogado y académico de la Uandes sostiene que la pena es la misma, aunque podría ser más baja si los daños provocados no tienen un avalúo alto.
“La diferencia realmente radica en la cuantía del daño donde podría ser inferior la pena a la señalada en caso de no exceder, a modo de ejemplo, 40 UTM”, afirma Guerra.
“Además, es importante indicar que la pena asociada a aquellos daños con mira de impedir el libre ejercicio de la autoridad o en venganza de sus determinaciones, bien se cometiere el delito contra empleados públicos, bien contra particulares que, como testigos o de cualquiera otra manera, hayan contribuido o puedan contribuir a la ejecución o aplicación de las leyes, contemplan la pena ya enunciada inicialmente de 541 días a 5 años y multa de 11 a 20 UTM“, complementa el experto.
Cabe destacar que el sujeto subió fotografías del grafiti a su cuenta de Instagram. Respecto a si la publicación constituye una prueba suficiente para lograr una condena expedita, el abogado penalista explica que el medio de prueba “debe ser valorado según las máximas de la experiencia, los principios de la lógica y los conocimientos científicamente afianzados. Es un antecente que debe ser ponderado por el tribunal conforme a la sana crítica“.
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