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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Tribunal en Lyon declara culpable a chileno Nicolás Zepeda por asesinato de Narumi Kurosaki, sentenciándolo a cadena perpetua, superior a los 30 años pedidos por fiscalía. Aunque no hay cuerpo, presidente del Tribunal lo considera autor premeditado de la desaparición. En Francia, cadena perpetua no significa prisión de por vida, se puede solicitar beneficios tras cumplir pena mínima de 18 años, pudiendo extenderse a 22 o 30 años. Defensa apelará ante el Tribunal de Casación para revisión.

Después de diez años y tres juicios, el Tribunal de lo Criminal del Ródano, en Lyon, declaró culpable al chileno Nicolás Zepeda por el crimen de Narumi Kurosaki, sentenciándolo a cadena perpetua.

La condena, más alta que los 30 años que pedía la fiscalía, surge luego de que el presidente del tribunal subrayara que “la muerte de Narumi Kurosaki es cierta”, pese a la ausencia de un cuerpo, y que “más allá de toda duda razonable” Zepeda fue quien asesinó premeditadamente a la joven y la hizo desaparecer.

Cómo funciona la cadena perpetua en Francia

Cuando hablamos de cadena perpetua, es importante dejar claro que aquello no significa necesariamente que el condenado estará en la cárcel durante toda su vida.

En Francia, al igual que en Chile, los condenados pueden solicitar beneficios como la suspensión o fraccionamiento de pena, salidas, semilibertad o libertad condicional. No obstante, para que eso ocurra, primero debe cumplirse lo que se conoce como la pena mínima obligatoria, o “période de sûreté”, es decir, un “período de seguridad”.

De acuerdo con el artículo 132-23 del Código Penal francés, en caso de cadena perpetua, la pena mínima obligatoria de prisión es de dieciocho años. Sin embargo, el Tribunal puede, mediante resolución especial, extender estas penas a veintidós años, o bien reducirlas.

“Al tener la cadena perpetua puedes solicitar la libertad condicional, la verdad es que la cadena perpetua no significa que tú vas a estar 100% o por lo menos en Francia, que vas a estar siempre dentro de la cárcel. Lo que significa es que tú tienes un mínimo de años en donde tú tienes que estar en la cárcel y luego puedes solicitar la libertad condicional como un beneficio carcelario”, detalló a Diario Usach Estefanía Orellana, abogada especialista en derecho internacional y académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago.

La académica Usach agregó que “en el caso que estamos discutiendo, lo que el tribunal dictaminó es que tiene que haber una prisión efectiva, es decir, que Nicolás Zepeda tiene que cumplir prisión efectiva por lo menos 22 años antes de poder solicitar el beneficio de la libertad condicional”.

Después de cumplir con la pena obligatoria, el condenado puede solicitar ciertos beneficios, según su situación. En caso de Zepeda, que actualmente tiene 35 años, podría recién en 2044, cuando tenga 57 o 58, ver algún cambio en su condena.

La profesional planteó que, una vez que se solicita el beneficio de libertad condicional, esto no significa inmediatamente que va a ser concedido. “Lo que se hace es que se solicita ese beneficio y hay un comité que evalúa al reo y evalúa un montón de factores dentro de su comportamiento en la cárcel, si se está insertando bien en la sociedad, si hay culpas, si hay arrepentimientos, si esa persona ha mejorado en puntos de reinserción o si, además, cómo se lleva, por ejemplo, con el resto de los reos, si ha tenido deméritos dentro de la cárcel, etc. Entonces, aun cuando lo pudiera solicitar después de 22 años, no es efectivo que vaya a concedérsele”, manifestó.

¿Qué significa que la defensa acuda nuevamente ante el tribunal? De acuerdo con el portal gubernamental de Servicio Público, esto significa que la defensa quiere impugnar la sentencia ante el Tribunal de Casación, que es el máximo tribunal del orden judicial francés. La profesional aclaró que no se realiza un nuevo juicio, sino que lo que se hace “es evaluar en el mérito técnico del proceso, si es que hubo algún punto que invalide el juicio y se tenga que realizar uno nuevo”.

La académica planteó que “según lo que se ha visto dentro del juicio, hasta ahora no habría indicios de que en el tercer juicio existiera algún elemento que pudiese significar algún vicio que la corte de casación podría revisar”.