La Corte Suprema ratificó el fallo impugnado que condenó al Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota (SSVQ) a pagar una indemnización por el concepto de daño moral, a una paciente que recibió mala atención en el Hospital Gustavo Fricke.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación por falta de fundamento, y ratificó el pago de 25 millones de pesos a Eliana Valdivia Gutiérrez.

La afectada sufrió un accidente casero, en 2002, que le provocó una fractura, obligando su ingreso en el hospital Gustavo Fricke de Viña del Mar, centro médico que le entregó una deficiente atención, al responder con un yeso y no con la intervención quirúrgica que requería, por lo que el tratamiento inicial le dejó secuelas permanentes.

En el tribunal de primera instancia, se estableció la responsabilidad del servicio por la falta de tratamiento apropiado.

El texto señala que “la documentación especificada (…) cabe considerarla como una presunción que constituye plena prueba en cuanto a que la parte demandada incurrió en una falta de servicio respecto de la parte demandada en cuanto que a consecuencia de la fractura subcapital del húmero izquierdo que sufrió, debió haber sido sometida a una intervención quirúrgica y no colocar un yeso colgante en la extremidad afectada para una inmovilización transitoria, lo cual no solucionó su situación de salud, sufriendo como consecuencia mucho dolor”.

“A fin de superar su malestar, debió ser sometida a una intervención quirúrgica por médico particular y a un posterior tratamiento de rehabilitación para logar la recuperación funcional de dicha extremidad, presunción que tiene caracteres de gravedad y precisión suficientes para formar dicho convencimiento, todo conforme al inciso segundo del artículo 426 del Código de Procedimiento Civil”, agrega el fallo de primera instancia.