La Corte de Apelaciones acogió el recurso de protección presentado por Alejandro Sáez Mardones, interno del penal Punta Peuco, luego de que se le revocara el beneficio de salida dominical en enero de 2013.
Recordemos que Sáez Mardones, ex agente de la Dirección de Comunicaciones de Carabineros, cumple presidio perpetuo desde diciembre de 1991, por el secuestro y homicidio de José Manuel Parada, Manuel Guerrero y Santiago Nattino, además del secuestro de otras 6 personas en marzo de 1985 en Santiago.
Asimismo fue condenado a una pena de 541 días por asociación ilícita y también por el homicidio simple de Carlos Contreras Maluje, en noviembre de 1976, tal como indica Ciper Chile.
En un fallo dividido, el tribunal de alzada, integrado por los ministros Juan Manuel Muñoz Pardo, Dobra Lusic y el abogado integrante José Luis López Reitze, determinó que la decisión del alcaide del recinto penitenciario, de revocar el beneficio, era arbitraria.
El fallo señala que “la revocación del beneficio aparece dispuesta por el recurrido, con idénticos fundamentos y antecedentes tenidos en consideración al momento de su otorgamiento, lo que la convierte en una decisión arbitraria, que importa una discriminación respecto del recurrente, vedada por la Carta Constitucional en el artículo 19 n° 2 inciso segundo, que garantiza la no discriminación” según consiga el Poder Judicial.