El Primer Juzgado Civil de Viña del Mar declaró la quiebra de la Universidad del Mar, información que se dio a conocer a los alumnos a través de Patricio Galleguillos, rector de la casa de estudios.

Todo esto mediante una declaración pública, donde se especificó que el 15 de marzo la Justicia declaró la quiebra de la universidad, y designaron como síndico profesional titular a Maria Loreto Ried Undurraga y a Francisco Cuadrado Sepúlveda como síndico suplente.

Asimismo, se informó que las acciones que se realicen posteriormente a la quiebra de la casa de estudios, serán informadas a los alumnos una vez que sean notificados al respecto, proceso que se debe realizar la próxima semana.

El rector de la Universidad del Mar, Patricio Galleguillos, afirmó que seguirán los procesos de matricula y seguirán trabajando para cumplir como académicos, a la espera de que el síndico tome contacto con la institución.

Asimismo, señaló que en esta situación deben converger todos los responsables, como el Ministerio de Educación, y hace un llamado a las autoridades a que los apoyen y salir adelante en esta compleja situación.
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Raúl Soto, dirigente de la Universidad del Mar, manifestó su repudio contra el Ministerio de Educacion, y afirmó que van a centrar las acciones del movimiento estudiantil por esta situación.

Asimismo, Soto señaló las medidas que van a tomar para enfrentar esta compleja situación de la Universidad del Mar.

Por otra parte, Verónica Rodriguez, docente de la Universidad del Mar, quien además respalda a los alumnos de la casa de estudios, afirmó que el Gobierno debe hacerse responsable de la situación que se está viviendo.

Los estudiantes de la Universidad del Mar convocaron a una reunión con la Confech para discutir esta compleja situación que vive la Universidad del Mar.

En el enunciado se llamó a la calma de los estudiantes que deben continuar con las acciones que están realizando en defensa de sus estudios.

En el fallo se estipula que “acumúlese a los juicios de quiebra todos los juicios contra el fallido que estuvieren pendientes y que puedan afectar sus bienes, salvo las acepciones legales, debiendo oficiarse a la Corte de Apelaciones para los fines pertinentes”.