El ministro de Justicia, Carlos Maldonado, reiteró que para votar en las elecciones Presidencial y Parlamentarias de este domingo 13 de diciembre todas las cédulas de identidad estarán vigentes a pesar de que puedan encontrarse vencidas.

Lo anterior es posible tras la oficialización del Decreto 852 que permite la prórroga del documento identificatorio y que favorece a quienes se les haya vencido, permitiéndoles participar sin inconvenientes en los comicios.

El Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) recordó a la ciudadanía el RUN es el único documento legalmente válido para sufragar.

La extensión de la vigencia de las cédulas sólo puede aplicarse a los chilenos, ya que la vigencia de éstas para extranjeros está condicionada a la fecha en que expira el tipo de visa que le hubiere sido otorgada por el Departamento de Extranjería y Migración del ministerio del Interior.

Asimismo, en el proceso eleccionario, 1.653 funcionarios del Servicio se constituirán en los 1.540 recintos de votación desde el momento en que se abran las mesas hasta que la última sea cerrada, con el propósito de que si se presenta algún caso, en que se requiera aclarar los datos del votante, exista un experto que pueda establecer si su impresión dactilar corresponde a la de su cédula de identidad o no.

PROCEDIMIENTOS

Hay que recordar que la cédula nacional de identidad o la cédula para extranjeros avecindados en Chile por más de 5 años, y que hayan cumplido 18 años y que no hayan sido condenados a pena aflictiva (de acuerdo a lo que establece la Constitución Política de la República en su artículo 14), son los únicos documentos válidos para ejercer el derecho a sufragio.

En el caso de presentarse algún inconveniente, los expertos facultados expresamente por la ley, podrán adoptar el siguiente procedimiento:

1. Estampará la impresión dígito pulgar derecha de la persona cuestionada. Además, estampará la impresión dígito pulgar derecha en la ficha que se ha destinado para tal efecto.

2. Solicitará la cédula nacional de identidad o la cédula para extranjeros del sufragante y la inspeccionará.

3. Completará los datos del sufragante en la ficha dactilar.

4. Realizará el peritaje, cotejando la impresión que aparece en la cédula nacional de identidad o cédula para extranjero con la estampa en la ficha y en el cuaderno de firmas. Como resultado de este chequeo, el experto deberá manifestar: “Las impresiones dactilares corresponden” o “las impresiones dactilares no corresponden” . Estos son los únicos juicios que puede emitir el Experto.

5.En caso de que no sea factible realizar el peritaje debido a impresiones dactilares deterioradas, amputaciones, manos enyesadas o vendadas, infecciones en manos o dedos, cédulas deterioradas, el experto deberá manifestar al presidente de mesa la imposibilidad de realizar su labor. A continuación, el funcionario deberá retirarse, sin emitir opiniones o juicios.

6. Las fichas dactilares deberán ser remitidas a la brevedad a la Dirección Regional respectiva. Y, ante cualquier duda, deberá comunicarse con su respectiva zona de coordinación.