Reconocer legalmente a los simpatizantes de los partidos políticos y crear la figura de los “cibermilitantes”, es decir, aquellas personas que participan de la actividad política de una colectividad a través de Internet, es el objetivo principal de la moción presentada por los senadores Alejandro Navarro y Pedro Muñoz.

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La iniciativa, que fue remitida a la Comisión de Gobierno, Regionalización y Descentralización del Senado, modifica la Ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, incorporando tales conceptos, los que ya fueron adoptados por el PSOE, Partido Socialista Obrero Español.

Según los legisladores, dicha colectividad “asumió la creciente importancia de Internet en la participación cívica y política de muchos ciudadanos y constató que se está en presencia de una nueva expresión de activismo, una nueva forma de militancia política, que se diferencia de la tradicional, pero que es perfectamente compatible y complementaria con ella”.

Por ello, agregan los senadores, “se creó la figura del cibermilitante, modificando sus estatutos para recoger esta nueva forma de militancia, cuyas principales características son el dinamismo, la interactividad y la inmediatez.

Asimismo, señalan que hoy se considera importante percibir y potenciar todos aquellos puntos de encuentro que puedan permitir levantar, a partir y a pesar de la constatación de las diferencias, una plataforma política común.

Según los senadores Navarro y Muñoz, “hay personas que están dispuestas a participar políticamente sólo en torno a un área temática como salud, educación o cultura, sin una estructura partidaria territorial. Hay otros que se sienten convocados o motivados a participar sólo en determinadas coyunturas, sólo en momentos el proyecto y los valores de los partidos o conglomerados con los que se sienten más identificado o cercano”.

Es por ello, que plantean flexibilizar las estructuras orgánicas de los partidos a objeto de darle cabida a este tipo de personas.

En lo fundamental, la iniciativa propone que los partidos políticos reconozca, además de la militancia formal, la figura del simpatizante y del cibermilitante.

Se entenderá por simpatizantes a aquellos ciudadanos y ciudadanas que no habiendo optado por la militancia, comparten determinados objetivos políticos de un partido, y participan y apoyan actividades sociales, territoriales, culturales y electorales de un partido político determinado.

En tanto, los cibermilitantes, serán aquellos ciudadanos y ciudadanas que no estando inscritos formalmente en un partido y siendo simpatizantes del mismo, ejercen su relación con una agrupación política fundamentalmente a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

Para poner esto en marcha, plantean que los partidos políticos implementen un sistema de registro oficial de simpatizantes y cibermilitantes.

Los cibermilitantes tendrán derecho a un código de identificación personal proporcionado por el partido respectivo; a participar en las consultas on-line que realice el partido a través de la red mediante el uso; a tener acceso a la red corporativa interna del partido y a recibir cuantos boletines, informaciones o publicaciones elabore cada agrupación política.

También tendrán derecho a participar con derecho a voz en los Congresos y Conferencias y otros eventos partidarios que se organicen, a través de ámbitos electrónicos específicos creados para tal efecto, mediante el uso de su código personal.

En todo caso, los ciudadanos y ciudadanas inscritos formalmente en un partido político podrán ejercer estos mismos derechos, sin perjuicio de los que ejerza en su condición de militante, de acuerdo a los estatutos de cada organización política.