Cambiar la firma semanal y arraigo nacional por arresto domiciliario total. Con ese propósito la Fiscalía Oriente y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) decidieron apelar a la decisión que dejó libre a Carlos Martínez Ocares, carabinero que fue formalizado por la muerte del hincha de Colo Colo Jorge Mora, conocido también como el Neco.

Los hechos se remontan a las 22:30 horas del 28 de enero recién pasado, cuando el cabo primero de la policía uniformada enfiló por avenida Departamental, en dirección al oriente. Iba a bordo de un camión de transporte equino de la institución y en las calles habían manifestaciones y enfrentamientos tras el partido que el “Cacique” había disputado con Palestino momentos antes.

Al llegar a la intersección con calle Exequiel Fernández, viró a toda velocidad en dirección al norte, atropellando a Jorge Luis Mora, quien se encontraba en la calzada.

De acuerdo a la querella presentada por el INDH, el camión -que iba sin luces según se advierte en las cámaras del sector- siguió su marcha a gran velocidad y no se detuvo ni prestó ayuda a la víctima, dándose a la fuga.

Jorge fue lanzado a varios metros del lugar del impacto. Yacía inconsciente en la calzada, tendido boca abajo, sangrando profusamente y con lesiones en la cabeza y abdomen, cuando las personas que se encontraban en el lugar acudieron a socorrerlo.

Sin embargo, el carro lanza agua no dio tregua y siguió apuntando el chorro al sector donde estaba el Neco, se detalla en la acción legal. “Se está muriendo”, gritaron algunos, pidiendo que el actuar de Carabineros cesara.

Agencia UNO
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Recién veinte minutos desde el atropello, quienes asistieron a Jorge lograron sacarlo del lugar en un vehículo particular. Pero ya era tarde. Fue ingresado al Hospital de la Florida a las 23:01 horas ya fallecido. La causa de muerte: politraumatismo y traumatismo encefalocraneano.

Al día siguiente, el conductor del camión de la policía, Carlos Martínez Ocares fue formalizado por cuasidelito de homicidio en una polémica audiencia. La Fiscalía solicitó el arresto domiciliario total, pero la jueza Andrea Acevedo determinó firma semanal y arraigo nacional, medidas cautelares que ahora pretenden ser cambiadas por el INDH y el Ministerio Público.

Paralelamente se desataron protestas y se reactivaron violentos hechos en varias ciudades de Chile. Otras dos personas murieron en esos incidentes.

La apelación

En el documento de seis páginas -ingresado a la Corte de Apelaciones de Santiago-, el persecutor a cargo de la causa, Miguel Orellana, apunta a directamente a los argumentos que llevaron a la cuestionada jueza Andrea Acevedo a dejar libre al funcionario policial.

“Para resolver sobre la necesidad de la medida cautelar entra a analizar si la eventual conducta del imputado estaba bajo alguna justificación, señalando que existe una conducta negligente pero justificada en su criterio, lo que por cierto no compartimos y creemos que dicha consideración fue ponderada al momento de decretar las medidas cautelares”, se lee en la apelación.

En el escrito, el fiscal acompaña casi de manera íntegra lo señalado por Acevedo el 29 de enero de 2020, durante la formalización del carabinero acusado por la muerte de el Neco.

Así, citó las palabras de la jueza, quien en la oportunidad reflexionó que “estamos en presencia de un hecho que ocurre luego de finalizado un encuentro deportivo, con dos equipos de fútbol que tienen, uno de ellos, por desgracia una carga histórica que para el deporte no hace ninguna contribución, que es Colo Colo”.

Incidentes tras velatón | Agencia UNO
Incidentes tras velatón | Agencia UNO

“Tiene esta famosa Garra Blanca de por medio y que por desgracia sus hinchas o así denominados, tienen una actitud no muy acorde a las reglas sociales y al estado de derecho en general”, prosiguió.

Tras anunciar la apelación, el fiscal Orellana dijo este martes que esperarán lo que dicte el tribunal de alzada.

La Corte de Apelaciones “resolverá si mantiene la cautelar decretada o revoca la resolución del día 29 (de enero) y establece la medida cautelar solicitada originalmente por el Ministerio Público”, sostuvo.

Funa

Precisamente los dichos citados en el recurso fueron los que causaron molestia en algunos sectores e incluso motivó críticas de parte de la presidenta de la Asociación de Magistrados, Soledad Piñeiro.

“No es admisible que juzgadores utilicen prejuicios ni acudan a evaluaciones políticas, culturales o sociales personales que no sea posible desprender de los antecedentes de la causa para resolver lo sometido a su conocimiento”, dijo en un comunicado de prensa.

En tanto, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y el senador Alejandro Navarro presentaron separadamente una queja disciplinaria contra la jueza Acevedo.

Funeral de Jorge Mora | Agencia UNO
Funeral de Jorge Mora | Agencia UNO

A la magistrada se le acusa de “incurrir en causales de responsabilidad disciplinar en el ejercicio de su labor jurisdiccional, al fundamentar la resolución en la audiencia de control de detención celebrada el día 29 de enero de 2020, en argumentos de discriminación y una inobservancia inexcusable a las obligaciones del Estado de Chile en materia de derechos humanos”.

Pero no sólo eso, sino que también habría recibido amenazas de muerte, lo que motivó a que la Fiscalía Regional Metropolitana Oriente dispusiera que la jueza cuente con resguardo policial.

A ello se suma que un numeroso grupo de ciclistas llegó este domingo a las afueras de su domicilio, para “funarla”.

Las amenazas y las manifestaciones en las cercanías a su casa fueron criticadas por Gloria Ana Chevesich, ministra vocera de la Corte Suprema, quien señaló en un punto de prensa realizado este lunes que “el Poder Judicial en general y la Corte Suprema en particular condena, reprocha y rechaza los actos que han dado a conocer los medios de comunicación social. Esto es las amenazas y actos de hostigamiento de los que ha sido objeto la jueza Andrea Acevedo”.

“La única vía que existe en nuestra legislación para impugnar una decisión adoptaba por un tribunal de justicia es precisamente los recursos establecidos en la ley”, sentenció.