La Dirección del Trabajo, DT, confirmó este miércoles que el permiso de cinco días legales otorgados por las empresas a quienes contraen matrimonio, desde ahora también se debe aplicar a las parejas que se unen con el Acuerdo de Unión Civil (AUC). Esto, se decretó tras la solicitud realizada por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) y la Fundación Iguales.

Hay que recordar que en un dictamen anterior al presentado durante este martes y dado a conocer la tarde de este miércoles (dictamen N°2888 de la Ley 20.830) señalaba que esos 5 días eran exclusivos de quienes contraían matrimonio civil.

Y justamente eso fue lo que cambió, ya que el nuevo dictamen enuncia que “el permiso por matrimonio que consagra el artículo 207 bis del Código del Trabajo -incorporado en la Ley N°20.764- es aplicable al trabajador o trabajadora que otorga el Acuerdo de Unión Civil conforme a la Ley N°20.830”.

Respecto al por qué de mdificar la normativa y ampliar el beneficio a las parejas que suscriban el AUC, la institución se remitió a decir que “el derecho a la igualdad de trato y de la garantía de no discriminación está garantizado en Constitución y leyes”.

El director del Trabajo, Christian Melis, sostuvo que “hay principios generales del derecho que tienen que ver con la igualdad de trato, la no discriminación y la lógica de toda la nueva ley es ir otorgando beneficios a las personas que contraen la unión civil similares a los del matrimonio”.

Es por ello, aseguró, que el no incluir este dictamen “nos pareció que podía significar una suerte de discriminación y trato no igualitario”.  

Por su parte el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, se mostró satisfecho con la medida que a pesar de que “serán sólo aplicables a la empresa privada, pues el sector público se rige por otras normas, esto es un importante avance”.

Además, dijo, “cada órgano público puede extender el derecho si emite algún dictamen, como ya ha ocurrido en el INE, por ejemplo”.