El Sernac anunció el inicio del proceso de compensación para más de 650 consumidores que se vieron afectados al adquirir productos a través de la página web de Supermercados Líder, en el periodo comprendido entre mayo a junio del año 2016.

El hecho originó la apertura de una mediación colectiva con la empresa. Los motivos: retardo en la entrega de productos y demora en la devolución de dinero por compras de artículos adquiridos y no entregados.

Como resultado de la acción extrajudicial, Líder se comprometió a compensar a un primer grupo de 639 consumidores afectados por el retardo en la entrega, con el equivalente al 15% del valor total de la orden de compra correspondiente. Por ejemplo, si el monto de la compra fue $150.000, la compensación ascendería a $29.434 (0,15 UTM + $22.500).

En tanto, un segundo grupo, correspondiente a 18 consumidores afectados, será indemnizado por el retardo en la reversa de fondos por productos adquiridos y no entregados. La compensación consiste en el 3% del valor de la compra por cada 30 días de retraso en la devolución del dinero por parte del proveedor. Por ejemplo, si el monto de la compra fue de $100.000 y su devolución demoró 30 días, el beneficio ascendería a $3.000.

Líder deberá indemnizar de manera adicional a los consumidores que presentaron el reclamo ante el Sernac, con un monto de 0,15 UTM, es decir, cerca de 7.000 pesos para cada uno.

La entrega de la compensación a cada consumidor, se realizará a través de un depósito en su cuenta bancaria, o si el consumidor lo prefiere, mediante un abono en su cuenta Mi Club, aplicable para futuras compras.

Derechos en el comercio electrónico:

Los consumidores en el comercio electrónico tienen los mismos derechos que en las compras presenciales, es decir, a que se le informe el precio y se respete, que se cumpla lo ofrecido, que el producto sea de calidad y que la empresa responda en caso de problemas.

Además, las empresas deben cumplir con los plazos de entrega de los productos y si los consumidores compran productos o contratan servicios las empresas deben responder de cara a los consumidores y restituir inmediatamente lo pagado, cuando no entregan el producto o prestan el servicio, todo ello, sin perjuicio del derecho a la reparación adecuada y oportuna de los perjuicios que le asisten a los consumidores.

En el caso de las transacciones a través de internet, la Ley permite –además- a los consumidores arrepentirse dentro de los 10 días desde que recibió el producto o contrató el servicio, siempre que la empresa no informe lo contrario. También es obligación de los proveedores enviar una confirmación escrita del contrato, de no ser así, el plazo de retracto se extiende a 90 días.

En caso que el producto salga malo o no sea apto para el uso normal, los consumidores tienen derecho a solicitar el derecho a la garantía legal, lo que implica poder elegir entre tres alternativas: la devolución del dinero, el cambio o la reparación del producto, durante los tres primeros meses desde la fecha de recepción del producto.

La empresa debe entregar las mismas facilidades para ejercer la garantía, que las que entregó al momento de la compra. De manera que si el consumidor recibió un refrigerador en su domicilio, es la empresa quien debe retirarlo a su cargo y responder por la garantía.

Tampoco los proveedores pueden poner barreras en el ejercicio del derecho a garantía, como permitir el cambio o devolución del dinero bajo la condición de restituir los envases originales o cobrar por ello.