El Tribunal de Garantía de Osorno recalificó el cargo de violación a estupro que se le imputaba a C.P.A., aún cuando se habría mantenido el abuso sexual reiterado a una menor de edad.

Por lo anterior, el Ministerio Público solicitó se considere la pena máxima para ambos delitos, es decir, 5 años de presidio menor en su grado máximo por estupro y cuatro años por abuso de una menor.

La recalificación del delito de violación se hizo considerando que no existió el uso de la fuerza en el contacto sexual, por lo que nació un niño en abril del año 2010.