La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de protección presentado por el director regional de Gendarmería de La Araucanía a favor de dos condenados y dos imputados privados de libertad en la cárcel de Angol, quienes se encuentran en huelga de hambre líquida desde el 27 de agosto.

El fallo dictado por la segunda sala resolvió acoger la acción cautelar y se autoriza a Gendarmería para que adopte las medidas conducentes para internar en caso de urgencia a los huelguistas Daniel Levinao, Rodrigo Montoya, Erick Montoya y Paulino Levipán en un centro hospitalario. Esto, con el objeto de que se les entregue una completa atención médica en el resguardo de la salud hasta su completo restablecimiento.

Lo anterior, señala el fallo del tribunal regional, sin perjuicio de que se haga uso de las demás facultades que le confiere a ese Servicio su Ley Orgánica y Reglamento institucional, según destacó la seremi de Justicia Javiera Sabugo.

En su razonamiento, los magistrados sostienen que en el tiempo una huelga de hambre líquida amenaza en forma grave sus vidas y su integridad física, garantías contempladas en la Carta Fundamental por lo que, frente a esos hechos, Gendarmería tiene la obligación legal de velar por el cuidado de las personas que están privadas de su libertad en los recintos que administra.