La Corte de Apelaciones de Santiago decidió rechazar un recurso de protección presentado por 2 madres profesionales en contra del tope de 66 Unidades de Fomento (UF) que se establece para el pago íntegro del subsidio del postnatal de 6 meses.

En un fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala Mauricio Silva, Manuel Antonio Valderrama y la abogada integrantes Teresa Álvarez, desestimaron la acción cautelar presentada por dos magistradas de la jurisdicción de Concepción contra la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

Se determinó que no hubo actuar arbitrario ni ilegal de la CAPJ al cancelar 66 UF por subsidio de postnatal a las magistradas, límite contemplado en la ley que estableció el sistema.

“No ha estado jamás en el espíritu de esta nueva legislación la idea de mantener la remuneración total percibida para aquellas mujeres que ganan más de 66 UF mensuales, como sí es en el caso de las licencias por enfermedad o el permiso de maternidad, circunstancias donde la ley expresamente señala que se mantendrán las remuneraciones; de esta manera, nos encontramos ante dos situaciones cuya naturaleza jurídica es completamente distinta y que no pueden ser equiparadas, puesto que es la misma legislación la que les otorga un tratamiento diferenciado”.”