El Servicio Nacional de Consumidores, junto con otras organizaciones sociales, anunciaron que recurriran a la Corte Suprema para objetar la decisión adversa a su denuncia en caso de Cencosud. Esto, luego que la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de la empresa rechazando la demanda colectiva presentada por el aumento unilateral de la comisión por mantención de la Tarjeta Jumbo.

El Sernac, junto a la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile y la Liga Cuidadana de Consumidores, presentarán un recurso de casación en la Corte Suprema, debido a que consideran que fue incorrecta la decisión de la Corte de Apelaciones de acoger el recurso que presentó Cencosud, para rechazar una demanda colectiva por supuestas clausulas abusivas de la tarjeta Jumbo Más.

Estos organismos presentaron una acción judicial a principios de 2006, luego que la empresa informara a sus clientes a través de sus Estados de Cuenta, que a contar de marzo de 2006 se modificaría la comisión mensual por administración de la tarjeta Jumbo Más.

Esto se tradujo en el aumento en $530 de la comisión por mantención que pasó de $460 a $990 a cada cliente que presentaba un promedio de compras inferior a $50 mil durante los últimos 6 meses anteriores a la modificación.

El Sernac afirmó que el tribunal interpretó que – según la ley del consumidos – las acciones judiciales no se pueden perseguir después de 6 meses de ocurrida la infracción. Sin embargo, ellos consideran que la empresa siguió cometiendo la infracción cada vez que cobró mes a mes por lo que no comparte la interpretación por la cual se revocó el fallo en primera instancia.

Esto fue compartido por Hernán Calderón, presidente de Conadecus, quien asereró que los jueces han hecho una mala interpretación de los hechos.

Por su parte, Ruben Andino, secretario ejecutivo de la Liga Ciudadana de Conumidores, aseguró que están sorprendidos frente a la decisión de la Corte de Apelaciones, y que llegarán hasta las últimas consecuencias en este caso.

En primera instancia, la jueza Carola Herrera Brümmer había acogido la demanda, condenando a Cencosud a una multa de 50 UTM en beneficio fiscal y la restitución de 1 UTM a cada uno de los consumidores afectados.