A partir de este lunes 3 de agosto, la restricción vehicular que se aplica en algunas comunas de la Región Metropolitana está a solo 28 días de llegar a su fin. Y es que, tal como informó el Gobierno, la medida terminará el lunes 31 del mismo mes.
De cara a su finalización, en esta nota te contaremos cómo se aplicará el calendario de dígitos que indica los vehículos que NO pueden circular según el último número de su patente mientras se mantenga activa la restricción. Cabe recordar que aquello solo rige en la provincia de Santiago, al igual que en las comunas de San Bernardo y Puente Alto.
Restricción vehicular del 3 al 7 de agosto
Para vehículos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011, así como para motos inscritas antes del 1 de septiembre de 2010, el calendario es el siguiente:
• Lunes: 8-9.
• Martes: 0-1.
• Miércoles: 2-3.
• Jueves: 4-5.
• Viernes: 6-7.
Para todos ellos, la medida aplica desde las 7:30 hasta las 21:00 horas, a excepción de los fines de semana y los festivos.
Ahora bien, en el caso de los automóviles, station wagons y similares sin sello verde, motos anteriores a 2002, buses de transporte privado de personas, buses interurbanos y rurales de pasajeros, al igual que vehículos de transporte de carga, los dígitos son:
• Lunes: 6-7-8-9.
• Martes: 0-1-2-3.
• Miércoles: 4-5-6-7.
• Jueves: 8-9-0-1.
• Viernes: 2-3-4-5.
Cabe destacar que todos estos vehículos tienen prohibición absoluta para circular dentro del anillo Américo Vespucio, cualquiera sea el último dígito de la placa patente, a excepción de los buses.
Asimismo, es importante consignar que el horario de restricción para vehículos y motocicletas es de 7:30 a 21:00 horas; para buses es de 10:00 a 16:00 horas, mientras que para transporte de carga es de 10:00 a 18:00 horas.
Fiscalización de la restricción vehicular
El cumplimiento de la medida es fiscalizado por Carabineros, inspectores municipales y funcionarios del Ministerio de Transportes, tanto en terreno como mediante cámaras de televigilancia.
Quienes la incumplan se exponen a multas que van entre 1 y 1,5 UTM ($71.649 y $107.473), monto que varía según el valor vigente de la unidad tributaria mensual al momento de cursarse la infracción.
Cabe recordar que la restricción vehicular puede complementarse con otras medidas en caso de que las autoridades decreten una Alerta, Preemergencia o Emergencia Ambiental.