Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
Este viernes 13 de febrero comienzan a regir nuevas obligaciones de la Ley de Plásticos y Productos de Un Solo Uso, con el objetivo de reducir la generación de residuos. Se destaca la limitación en la entrega de productos desechables por parte de locales de comida, la introducción de plástico reciclado en botellas desechables y la promoción de botellas retornables. Supermercados deberán exhibir botellas retornables en un 30% de sus vitrinas, se prohíbe la entrega de productos de un solo uso para consumo en el local, y se permiten desechables valorizables no plásticos o de plástico certificado para consumo fuera del establecimiento.
El próximo viernes 13 de febrero entran en vigor nuevas oglibaciones de la Ley de Plásticos y Productos de Un Solo Uso, la cuál busca disminuir la generación de residuos mediante la limitación de entrega de productos de un solo uso por parte de establecimientos de expendio de alimentos, la incorporación de plástico reciclado en botellas plásticas desechables y el fomento a las botellas retornables.
Recordemos que desde enero de 2022 que se vienen implementando medidas (prohibición de entregar productos de poliestireno expandido, la venta de bebidas en botellas retornables y la nueva composición de las botellas plásticas desechables) y ahora se incluyen nuevas, las cuáles te presentamos a continuación:
Ley de Plásticos y Productos de Un Solo Uso: nuevas obligaciones
-Los supermercados deben exhibir bebestibles en botellas retornables en al menos un 30% de sus vitrinas destinadas a la venta de bebestibles.
-Cuando se trate de consumo dentro del establecimiento, se prohíbe que estos entreguen productos de un solo uso, salvo aquellos de madera, papel y/o cartón certificados biodegradables.
-Cuando se trate de consumo fuera del establecimiento, se permite el uso de desechables valorizables no plásticos o de plástico certificado. Los productos de un solo uso distintos al envase, como cubiertos, palillos y bombillas, solo se entregarán si el consumidor los solicita expresamente.
Señalar que los productos de plástico certificado son aquellos que están compuestos por al menos un 20% de materias producidas a partir de recursos renovables, y son compostables en los hogares o en plantas de compostaje.
La Ley define como productos de un solo uso los vasos, tazas, tazones, cubiertos (tenedor, cuchara y cuchillo), palillos, pocillos, mezcladores, bombillas, platos, copas, cajas o envases de comida preparada, bandejas, sachets, individuales y tapas que no sean de botellas, en tanto no sean reutilizables. Se entiende como productos reutilizables aquellos que son usados por el establecimiento en múltiples ocasiones y para el mismo fin.
13 de febrero: anótalo. Ese día entran en vigor nuevas obligaciones de la Ley de Plásticos de Un Solo Uso (PUSU). Conoce estos cambios y prepárate. 🌱 Reducir residuos hoy es proteger el medio ambiente. 👉 Revisa los detalles en https://t.co/zMkZBbuEhZpic.twitter.com/NJuxJIf0MO
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