Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
En marzo, los bancos chilenos publicaron listas de personas con acreencias bancarias por cobrar, fondos no reclamados por más de dos años y que caducan si no se cobran. Si tienes dudas, la Comisión para el Mercado Financiero ofrece una plataforma para verificar si eres beneficiario. Luego de 3 años de la publicación de la lista, los fondos se trasladan a Bomberos.
En marzo, los distintos bancos que operan en Chile publicaron las nóminas de todas las personas que tenían acreencias bancarias por cobrar.
Estas corresponden a recursos económicos que están depositados en los bancos o cooperativas, y que no han sido cobrados, o no registran movimientos en un período de dos años, ya sea porque la persona propietaria de esos fondos olvidó retirarlos o desconocía que estaban allí.
Cabe destacar que las acreencias bancarias están sujetas a caducidad. Una vez que se cumple el plazo determinado, los fondos no retirados son traspasados a Bomberos.
Cómo revisar si tienes acreencias bancarias pendientes de cobro
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) cuenta con una plataforma que permite revisar de forma sencilla y rápida si el titular cuenta con acreencias bancarias.
Para conocerlo, PINCHA AQUÍ o la imagen inferior. Una vez en el sitio, tendrás que ingresar tu nombre y apellido.
Los datos desplegados mostrarán nombre, parte del RUT, monto y en qué banco se encuentran, entre otros antecedentes.
Caducidad de los fondos
Según establece el Artículo 156 de la Ley General de Bancos, luego del paso de 2 años en que una cuenta no tenga movimiento, o una acreencia no sea cobrada, la empresa bancaria deberá elaborar una lista con los antecedentes y remitirlos a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). A la vez se publican en el Diario Oficial durante marzo.
Tras la publicación de los antecedentes, existe un plazo de tres años para cobrar las acreencias bancarias. De no hacerlo, los recursos son cedidos a Bomberos. La normativa señala lo siguiente:
“Transcurridos tres años desde el mes de enero en que corresponda formar la lista, la acreencia correspondiente caducará y se extinguirán a su respecto todos los derechos del titular, debiendo la institución financiera pasar de pleno derecho a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile las cantidades correspondientes, deducidos los gastos de publicación en su caso. La institución financiera pondrá tales cantidades a disposición de la referida Junta Nacional, la que prorrateará y distribuirá íntegramente dichos dineros entre los Cuerpos de Bomberos de Chile“.
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