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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Servicio Electoral publicó la lista definitiva de vocales de mesa para las elecciones del 16 de noviembre, incluyendo a reemplazantes. Los vocales recibirán un bono de dos tercios de una unidad de fomento, alrededor de $26.415, no sujeto a impuestos. Si no asisten, enfrentan multas de 2 a 8 UTM ($139.000 a $556.000). El pago se realiza por la Tesorería General y quienes no cumplan podrían ser citados por el Juzgado de Policía Local.

Si fuiste designado como vocal de mesa en estas elecciones presidenciales y parlamentarias 2025, te interesará saber cuánto es el pago.

Recordemos que el pasado sábado 1 de noviembre, el Servel publicó la nómina definitiva de vocales de mesa para las votaciones del 16 de noviembre, incluyendo a reemplazantes que sustituirán a quienes se excusaron de participar.

En caso de que aún no hayas revisado si fuiste convocado para esta función, puedes hacerlo AQUÍ.

De cuánto es el pago por ser vocal de mesa en las Elecciones 2025

La Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios (18.700) establece que quienes ejerzan esta función, recibirán un bono equivalente a dos tercios de una unidad de fomento. Al cierre de esta nota, la cifra ronda los $26.415. El mismo caso aplica para los miembros del Colegio Escrutador.

“Dicha cantidad no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno“, detalla la ley.

El bono es pagado por la Tesorería General de la República luego de 30 días, a través de un cheque enviado al domicilio o mediante un depósito en una cuenta bancaria.

Qué pasa si no ejerces la función el día de la elección

La labor de vocales de mesa o miembros del Colegio Escrutador es obligatoria, por lo que quienes no asistan, arriesgan multas que oscilan entre 2 y 8 UTM, que equivale a $139.000 y $556.000 aproximadamente.

De cara a la posibilidad de incumplir esta obligación, el Servicio Electoral mantuvo un periodo para presentar excusas, que culminó el 29 de octubre.

Posterior a esta fecha, quienes no se excusaron y no ejerzan su función, tendrán que esperar a ser citados por el Juzgado de Policía Local de su comuna. En ese sentido, el Servel sugiere conservar todos los antecedentes que justifiquen su inasistencia.