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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El plazo para la declaración de renta venció el 9 de abril, quienes lo hicieron antes recibirán su devolución el 25 de abril. Aún puedes declarar hasta el 9 de mayo, pero entre más tarde lo hagas, más demorarás en recibir tu dinero. Revisa el calendario de pagos según la fecha de tu declaración. Accede a www.sii.cl con tu clave y sigue las instrucciones para declarar.

El pasado miércoles 9 de abril venció el primer plazo para realizar la declaración de renta. En pocas palabras, quienes hicieron el trámite antes de esa fecha recibirán su devolución de impuestos, si corresponde, antes que el resto, el 25 de abril.

No obstante, aún puedes realizar tu declaración de renta, ya que el plazo final vence el 9 de mayo. Eso sí, recuerda que mientras más te demores en realizar el trámite, más tarde recibirás el depósito del dinero que te corresponde.

Calendario Operación Renta 2025

Puedes revisar el calendario completo con sus respectivas fechas de pago a continuación:

Si hiciste la declaración del 1 al 8 de abril, recibirás la devolución el viernes 25 de abril.

Si realizas la declaración del 9 al 21 de abril, recibirás la devolución el miércoles 14 de mayo.

Si realizas la declaración del 22 al 28 de abril, recibirás la devolución el viernes 23 de mayo.

Si realizas la declaración del 29 de abril al 9 de mayo, recibirás la devolución el viernes 30 de mayo.

Para declarar correctamente, ingresa a www.sii.cl e inicia sesión con tu Clave Tributaria o Clave Única. Accede al menú “Servicios online” y selecciona “Declaración de renta”.

Haz clic en “Declarar renta (F22)” y selecciona el Año Tributario 2025.
Revisa la propuesta, si los datos están correctos, continúa con el proceso. En caso de que falte información o se detecten errores, edita el formulario antes de enviarlo. Presiona “Enviar” para completar el trámite.

Recuerda que están obligados a declarar renta quienes:

— Obtuvieron ingresos anuales superiores a $10.900.000, salvo que provengan de un solo empleador.

— Tuvieron más de un empleador o pagador durante el año.

— Trabajaron a honorarios y desean acceder a la cobertura parcial de sus cotizaciones previsionales.

— Recibieron el Préstamo Solidario en 2020 o 2021, ya que deben pagar las cuotas correspondientes.

— Iniciaron un emprendimiento en 2024 y recibieron ingresos por ventas o servicios.

— Son personas jurídicas o empresas, porque todas deben declarar sin excepción.