Al igual que muchos beneficios estatales, la PGU es un aporte que tiene exigencias que deben cumplirse antes y después de recibirlo. Una de ellas está relacionada con el monto que se recibe por la pensión.
ChileAtiende explica que para recibir la Pensión Garantizada Universal, el monto de la pensión base debe ser igual o menor a $1.252.602, incluyendo lo correspondiente a la suma de la Pensión Autofinanciada (PAFE), que calcula la AFP, junto a las demás pensiones de sobrevivencia, accidentes del trabajo y del sistema antiguo de pensiones que perciba el o la adulta mayor.
En ese sentido, la pensión también es determinante a la hora de fijar el monto que recibirá el beneficiario.
Pensiones hasta $789.139: $231.732 ($250.275 para mayores de 75 años).
Desde $789.140 hasta $1.252.602: monto variable.
A partir de $1.252.603: no tienes derecho a PGU.
¿Quiénes tienen derecho a PGU y en qué casos se pierde el beneficio?
Los requisitos generales para postular a la PGU y recibirla son: tener 65 años cumplidos, no pertenecer al 10% más rico de la población, acreditar residencia en Chile y tener una pensión base igual o menor a $1.252.602.
El Instituto de Previsión Social tiene la obligación legal de revisar que los beneficiarios cumplan estas condiciones. De no ser así, la institución puede suspender o extinguir el beneficio si se da alguno de los siguientes casos:
Causales de suspensión
1) No cobrar la PGU durante 6 meses continuos. Puede pedirse la reactivación en 6 meses desde que se emitió la suspensión. Si no se solicita, el IPS debe dar término al beneficio.
2) No entregar los antecedentes para acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para mantener la PGU, en el período de tres meses contados desde que se generó la solicitud por parte de IPS.
Causales de extinción de la PGU
1) Fallecimiento del beneficiario o beneficiaria. La pensión se extinguirá el último día del mes del fallecimiento.
2) Permanecer fuera de Chile por un período superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre). Puede volver a solicitarse, pero habrá que acreditar residencia en el país por un período no inferior a 270 días en el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.
3) Entregar antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objetivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder a la PGU.
4) Dejar de cumplir el requisito de focalización, es decir, no integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población de Chile.
Desde el IPS indican que, en caso de suspensión o rechazo, los usuarios pueden interponer un reclamo en un plazo de 5 días hábiles (lunes a viernes) contados desde la notificación. El trámite debe hacerse AQUÍ.