Este registro puede ser consultado por el deudor de alimentos, la parte demandante o su representante legal y los tribunales con competencia en asuntos de familia y las personas obligadas a consultar el registro.

El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos es un registro electrónico que busca garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones alimenticias.

Asimismo, es de acceso remoto y gratuito, para consultar el deudor de alimentos, la parte demandante o su representante legal, los tribunales con competencia en asuntos de familia y las personas o entidades obligadas a consultar el registro.

Cabe mencionar que el tribunal competente mediante un oficio o petición ordenará al Registro Civil e Identificación registrar a las personas deudoras.

1. ¿Cómo acceder al certificado de deudores de pensiones?

Hay que recordar que el certificado se puede solicitar durante todo el año en el sitio web del Registro Civil. PINCHA AQUÍ.

Una vez en el sitio web del Registro Civil, haga clic en “Antecedentes” y seleccione el certificado que necesite:

1.-Certificado general deuda alimentos con alimentarios.

2.-Certificado general deuda alimentos.

2. ¿Cuáles son las vías para salir del registro?

Igualmente, el tribunal competente ordenará cancelar dichas inscripciones en caso de que se acredite el pago completo de las pensiones adeudadas o se adopte un acuerdo aprobado.

3. Qué pasa si estoy en el registro de deudores de pensiones

Quienes adeuden tres meses consecutivos o cinco meses discontinuos de pensiones de alimentos, cuando una resolución judicial así lo ordene.

4. ¿Qué información tiene el certificado de Registro de Deudores?

1.- Identificación de la persona deudora de alimentos (nombre completo y RUN).
Número de personas afectadas.

2.- El monto actualizado de la deuda y la cantidad de cuotas adeudadas.

3.- La individualización del tribunal que fijó o aprobó la pensión.

4.- Los datos de la cuenta bancaria en donde se realiza el pago de la pensión alimenticia.

5. ¿Qué medidas existen para asegurar el pago de la deuda?

-Retención de la devolución de impuestos y parte de los fondos de un crédito bancario que pida la persona deudora por 50 UF o más.

-Si el deudor o deudora vende una propiedad, se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.

-En el caso de la compraventa de vehículos motorizados, el Registro Civil e Identificación solo puede inscribir la transferencia de dominio si se acredita que, con las ganancias de la venta, se pagarán los alimentos adeudados.

-Se le puede negar la licencia de conducir.

-No podrán solicitar la emisión ni renovación del pasaporte. En casos calificados, el tribunal podrá autorizar su emisión, pero con una vigencia limitada.

-Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.

-Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado.

-Retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda.

-Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo.

-Las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.