Según el último informe de la Superintendencia de Pensiones publicado en mayo de este año, en el segundo semestre de 2021 ingresaron 34.890 solicitudes de calificación y reevaluación de invalidez a las Comisiones Médicas Regionales, representando un aumento de 30,7% en comparación al semestre anterior.

Del total, un 38,3% correspondió a solicitudes de calificación para Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBS) y un 61,7% a solicitudes presentadas por afiliados a AFP.

En Chile, en el sistema privado existe la “pensión por invalidez”, un monto de dinero que mes a mes se le paga a una o un trabajador cuando un accidente o una enfermedad común limita sus fuerzas físicas e intelectuales, impidiéndole trabajar.

Actualmente hay dos tipos de pensión de invalidez: una parcial y otra total; si ésta es igual o superior a 40% e inferior a un 70%, el trabajador tendrá derecho a la primera (transitoria de 3 años y con posibilidad de reevaluación al término), mientras que, si es igual o superior a 70%, a la segunda.

Entre los requisitos para solicitar una pensión de invalidez, los trabajadores, además de estar afiliados a una AFP y no encontrarse pensionados, deben tener menos de 65 años y haber sido declarado inválido por una de las Comisiones Médicas de la Superintendencia de Pensiones. La Comisión Médica Regional debe emitir el respectivo dictamen de invalidez en el plazo de sesenta días contados desde la comparecencia del afiliado.

En esta materia cobra relevancia el rol del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Este seguro, que es financiado por los empleadores durante la vida laboral activa de los afiliados y que es un porcentaje de las remuneraciones del trabajador, pagará las remuneraciones transitorias de la pensión parcial, mientras que, si la pensión es total, entregará un aporte adicional a los fondos de la cuenta individual, lo que equivale al capital necesario para financiar las futuras pensiones de los beneficiados del trabajador.

Para determinar el monto de un aporte se promedian las rentas de los últimos 10 años, que para la invalidez parcial es el 50% o el 70% para la de carácter total. Si bien para los afiliados desempleados no es posible acceder al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, de ellos sí podrán, quienes superen los 12 meses de desocupación o que siendo independientes no hayan enterado su cotización en el mes anterior, obtener la pensión con los ahorros de su cuenta individual.

Considerando el tema, es importante recordar, que si un trabajador lleva mucho tiempo con licencia médica y su remuneración está siendo pagada por una Isapre, ésta aún tiene la facultad legal para solicitar la declaración de invalidez frente a las Comisiones Médicas pertinentes para suspender la emisión y el pago de los montos. De ocurrir esto, el trabajador tiene 15 días para apelar. De todas formas, lo más práctico es que el trabajador solicite desde ya su pensión de invalidez en la AFP que le corresponde.

Diego Campos, abogado UC y socio DDE Legal.

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