El 1 de marzo de 2022, en sesión del Senado, se dio a conocer el proyecto de ley que busca crear Tribunales Civiles reformados, nuevas sedes judiciales, y modificar el Código Orgánico de Tribunales y la Ley sobre Tramitación Electrónica.

Esta reforma cuenta con el respaldo de los diversos protagonistas de la esfera jurídica, tales como la judicatura, abogados, académicos y operadores del sistema de justicia, quienes están acordes con esta necesidad de cambio, sustentados principalmente en la demora excesiva para obtener respuesta del órgano jurisdiccional. Esto se debe a diversos factores, entre ellos, contar con un Código de Procedimiento Civil decimonónico, la complejidad probatoria dominante en la justicia civil y un sistema recursivo que contribuye a retardar la ejecución de las sentencias de término.

En este escenario, la reforma busca garantizar el acceso a la justicia civil y a su tutela judicial efectiva, incorporando nuevas bases orgánicas que permitan aplicar los principios de oralidad, publicidad, contradictoriedad e inmediación. Este último principio, implica la comunicación personal del juez con las partes y, también, el contacto directo con los actos de adquisición, fundamentalmente, de las pruebas como instrumento para llegar a una íntima compenetración de los intereses en juego a través del proceso y de su objeto litigioso.

Es cierto que todas estas declaraciones de buenas intenciones procesales podrían proporcionar un sistema de justicia más eficiente y accesible, como así lo han hecho las modificaciones incorporadas por Ley 21.394 del 30 de noviembre de 2021. Sin duda alguna, este cambio va en beneficio directo de los justiciables, quienes al contar con un sistema que les brinde confianza y una respuesta dentro de un plazo razonable, no dudarán en someter las controversias de su interés al conocimiento de un tercero imparcial, es decir, ante un juez de la República, erradicando la justicia por mano propia, fortaleciendo y respetando el Estado de Derecho, haciendo prevalecer la democracia.

Por otra parte, si es de interés del ejecutivo mejorar el acceso a la justicia, debiese comenzar por reformar la tramitación ante los Juzgados de Policía Local, la cual en pleno siglo XXI, es innegable que sigue siendo antigua, secular y el patio trasero de todas las ramas del derecho procedimental.

Patricio Pereira, docente Escuela de Derecho Universidad de Las Américas Sede Concepción.

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