Pocas experiencias generan tanta impotencia ciudadana como recibir una notificación oficial, una carta certificada, un contrato, una demanda o una resolución judicial y ser incapaz de comprender qué dice. Nos enfrentamos a un muro de párrafos interminables y tecnicismos indescifrables. En ese preciso instante, nos damos cuenta de una realidad dolorosa: el lenguaje ha dejado de ser un puente de comunicación para transformarse en una barrera de poder.
Es por esto que cada 13 de octubre conmemoramos el Día Internacional del Lenguaje Claro. Esta fecha no fue elegida al azar; rinde homenaje al 13 de octubre de 2010, día en que el entonces presidente de Estados Unidos, Barack Obama, promulgó la Plain Writing Act (Ley de Escritura Clara). Esta norma fue pionera a nivel mundial al exigir que los organismos públicos redactaran sus documentos de forma sencilla, directa y accesible para el público.
Sin embargo, a más de una década de aquel hito, la exigencia del lenguaje claro sigue siendo una urgencia que trasciende la simple corrección de estilo. Como jueza de garantía, lo veo a diario en las audiencias y en las resoluciones: esta es una discusión profundamente ética, social y política. Durante demasiados años, la complejidad innecesaria y la jerga burocrática se han disfrazado de prestigio. Hemos operado bajo la falsa premisa de que una estructura gramatical inaccesible o enrevesada dota de mayor autoridad a quien escribe. La realidad es mucho más cruda: esa oscuridad lingüística solo enmascara opacidad, fomenta la asimetría de poder y alimenta la desconfianza ciudadana hacia las instituciones.
Debemos desmitificar un punto crucial: escribir claro no significa infantilizar la información, pecar de simplismo ni eliminar la rigurosidad técnica propia del derecho. Significa estructurar las ideas con lógica, preferir oraciones breves y abandonar los arcaísmos en favor del vocabulario habitual. Es, ante todo, un ejercicio deliberado de empatía jurídica.
En una sociedad democrática, el acceso a la información no se concreta simplemente cuando un documento se publica en un diario oficial; el acceso real se produce únicamente cuando la persona común logra entender de qué manera ese texto impacta su vida.
¿Qué es el Lenguaje Claro?
Desde la perspectiva del derecho público, vale la pena citar las palabras de Santiago Muñoz Machado —director de la Real Academia Española, jurista y académico de referencia en el ámbito hispano—, quien en una entrevista consignada en el Boletín N°1 de Lenguaje Claro del Poder Judicial de Chile reflexiona sobre la importancia del lenguaje claro como un derecho fundamental y como pilar de la vida democrática y jurídica:
“El lenguaje claro es un derecho de los ciudadanos. Hay derechos que no aparecen especificados en las constituciones de los países, pero que existen, y este, en particular, es un derecho matriz que está en la base de todos los demás. Si a un ciudadano se le mandan mensajes que no entiende, se le están expropiando derechos constitucionales. Si empleas un lenguaje abstruso corres el riesgo, además, de marginar a personas con discapacidades. Y eso no es aceptable.
La creación de una Red Panhispánica de Lenguaje Claro responde a una necesidad social urgente: proponer soluciones de interés general para garantizar que todos los hispanohablantes puedan entender con facilidad los textos que afectan a su vida cotidiana. Y al hacerlo desde una perspectiva panhispánica, se refuerza la unidad del idioma sin perder su diversidad”. (Boletín N°1, Lenguaje Claro, julio de 2025, p. 15)
Por su parte, la Federación Internacional de Lenguaje Claro define el lenguaje claro como “una comunicación donde el lenguaje, la estructura y el diseño son tan transparentes que los destinatarios a los que se dirige pueden encontrar fácilmente la información que necesitan, comprenderla y usarla”.
Asimismo, la Red de Lenguaje Claro de nuestro país indica en su sitio web que: “El lenguaje claro es un estilo de redacción simple y eficiente que ayuda a las personas a entender con facilidad lo escrito. Esta técnica, usada en varios países del mundo, permite comprender sin necesidad de releer y encontrar la información apropiada para tomar una decisión o iniciar una acción. Este estilo de redacción tiene en cuenta, además del texto, la estructura, la edición, el lenguaje visual y el diseño”.
Justicia y lenguaje claro: por el derecho del ciudadano a comprender la justicia
Si llevamos esta reflexión al ámbito de la judicatura, la urgencia se vuelve crítica. Históricamente, el sistema de justicia ha sido uno de los espacios más refractarios a la simplicidad. Los fallos, resoluciones y notificaciones suelen estar plagados de términos en latín y lógicas argumentativas laberínticas que dejan al ciudadano común completamente al margen de su propio proceso.
Sin embargo, en abril de 2014, se realizó la XVII Edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana —denominada “Justicia de Futuro” y celebrada en Chile bajo la presidencia del ministro Sergio Muñoz (Secretaría Pro Tempore)—, para luego presentarse formalmente ante la Cumbre (el 9 de junio de 2014) el proyecto “Justicia y lenguaje claro: por el derecho del ciudadano a comprender la justicia”, bajo la coordinación de Milton Juica Arancibia, ministro y coordinador nacional de la Corte Suprema de Chile, y Carlos Almela Vich, coordinador nacional de España.
Como justificación del proyecto, se señaló:
“El ciudadano sometido a alguna resolución judicial debe por principio comprender aquello que le afecta, si esperamos que de alguna manera esta sentencia modifique y rectifique la conducta de la persona, en el caso de una sanción, por ejemplo. Modernizar el lenguaje de los fallos de manera tal que sea accesible y comprensible para la persona que lo lee o escucha (sin dejar de ser apegado a la norma) es el fin de una justicia que propenda a la rectificación de las conductas”.
La iniciativa venía a dar continuidad al trabajo de la Cumbre, en la cual ya se habían aprobado las reglas e indicadores en materia de transparencia, rendición de cuentas e integridad de los sistemas judiciales iberoamericanos. Es así como la Regla N°11 establecía: “Para facilitar su comprensión, las resoluciones judiciales deberán fundamentarse en términos sencillos y claros”.
Recomendaciones de la Cumbre Judicial Iberoamericana
Habiendo participado en diversas Cumbres Judiciales en calidad de observadora de la Red Latinoamericana de Jueces, es imperativo relevar el trabajo realizado en la Asamblea Plenaria de la XVIII Edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana, celebrada en Asunción (Paraguay) en abril de 2016.
En dicha instancia se aprobó, respecto al grupo de trabajo “Lenguaje Claro y Accesible”, la elaboración del Diccionario Jurídico Panhispánico, que tenía por objeto:
• Unificación del léxico jurídico del orbe iberoamericano.
• Constitución de un verdadero derecho fundamental del debido proceso, puesto que para ello es esencial el uso de un lenguaje jurídico claro, inclusivo y no discriminatorio en las resoluciones judiciales.
• Legitimidad de la judicatura, estrechamente ligada a la claridad y a la calidad de las resoluciones judiciales.
• Clarificación del lenguaje jurídico en los textos que afectan en forma directa al ciudadano implicado en procesos judiciales.
Ello significó que, en el contexto chileno, durante el año 2015 el Pleno de la Excelentísima Corte Suprema creara la Comisión de Lenguaje Claro, con el objeto de promover al interior del Poder Judicial la reflexión acerca del lenguaje claro como elemento indispensable para garantizar el acceso a la justicia. Esta Comisión publicó posteriormente una propuesta de Manual de Estilo para la redacción de sentencias y un Diccionario de términos jurídicos (2019), los cuales adhieren a las recomendaciones del trabajo iniciado en 2014.
Comisión de Lenguaje Claro del Poder Judicial de Chile: lenguaje inclusivo y diversidad
Si bien han transcurrido más de diez años desde la creación de la Comisión de Lenguaje Claro, la evolución social y el reconocimiento del acceso a la justicia como un derecho fundamental imponen al Estado la obligación de garantizar cauces institucionales de resolución de controversias a toda la sociedad, focalizándose especialmente en los grupos en situación de vulnerabilidad.
Estos se definen como “aquellas personas que por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico” (Manual para el uso del lenguaje inclusivo no sexista en el Poder Judicial de Chile, 2021, p. 30).
Bajo esta premisa, y entendiendo desde el derecho público la inclusión como una dimensión ineludible del respeto a la diversidad cultural y lingüística, durante 2023 se desarrollaron y distribuyeron cartillas de lenguaje jurídico claro traducidas al Mapudungun, Aymara, Quechua y Rapa Nui. Esta iniciativa —promovida por el Subcomité de acceso a la justicia de personas y grupos vulnerables y la Comisión de Lenguaje Claro del Poder Judicial de Chile— buscaba garantizar que todas las personas, sin distinción, puedan comprender su relación con el sistema judicial en la lengua que les resulta más natural y accesible.
El derecho a entender como un derecho fundamental
Para quienes ejercemos la judicatura, adoptar el lenguaje claro no es una concesión graciosa, sino un deber constitucional tácito y un imperativo de la función pública. Como jueza de garantía, me enfrento cada día a personas que acuden a tribunales atravesando momentos críticos de sus vidas. Si al recibir una resolución necesitan de un “traductor” legal para entender qué se decidió, si hay medidas cautelares de por medio o qué deben hacer a continuación, entonces el sistema ha fracasado en su mandato esencial.
Cuando la ciudadanía no comprende el alcance de un fallo, ni logra dimensionar sus deberes procesales o la forma de ejercer sus derechos, el principio de igualdad ante la ley se convierte en un enunciado vacío. La verdadera tutela judicial efectiva requiere que la persona receptora de una decisión comprenda perfectamente el porqué de lo resuelto.
Promover la simplicidad y la transparencia en las sentencias y notificaciones es una deuda histórica. Exige un cambio cultural profundo y un compromiso real por parte de jueces, abogados y legisladores. Desde el derecho público y la magistratura debemos entender, de una vez por todas, que comprender las resoluciones que rigen nuestras vidas no es un privilegio reservado para los juristas; es un derecho ciudadano inalienable.
Expresarnos con claridad desde los estrados y las instituciones del Estado es, en última instancia, la forma más honesta, directa y democrática de respetar la dignidad de las personas.
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