Yo no sé si sean muchos los chilenos que se han dado cuenta de que cada vez que la justicia condena a un reo a la cárcel recae sobre todos nosotros un gasto público considerable. Durante todo el periodo de la condena el Estado tiene que mantener a ese hombre, tiene que vestirlo y tiene que darle una medicina al nivel de un usuario de Fonasa. En suma, el Estado carga con el peso de un hombre que no paga impuestos, no paga nada y vive toda su condena a costillas del Estado, o sea, de todos nosotros.
Hay que considerar, además, que la cárcel donde va a parar el individuo fue construida por el Estado seguramente a costa de postergar un hospital, una escuela o una institución de beneficencia.
En realidad, el problema del costo de los presos es universal de nuestra cultura cristiana – occidental. Mientras que los pueblos antiguos o los actuales del oriente y del medio oriente alivian considerablemente esa carga por el simple expediente de que el criminal es ejecutado. Y aunque algunos países de nuestra cultura usan todavía la pena de muerte como una alternativa completamente válida, en Chile no usamos ese procedimiento.
Algún día se inventará algún sistema del que se obtendrá de los presos alguna retribución por la inversión que requieren, pero ese tiempo no ha llegado.
Sin embargo, hay cosas que se pueden hacer. Desde luego hay que separar a los presos en tres recintos distintos. Uno para las faltas leves, donde habría un pequeño campo de concentración como ha ocurrido algunas veces en la historia de Chile. Luego los presos de falta media o grave deben estar separados y lo ideal es que estén en recintos carcelarios distintos, porque la cárcel de las faltas menos graves tiene una función de rehabilitación que, por improbable que sea, es necesario probar. En cambio, la cárcel de los delitos graves debe estar separada para que no contamine a los demás y para que se aisle todo lo que sea posible.
Es interesante revisar las distintas formas en que algunos países han abordado el problema del costo que representa la población reclusa. Una de ellas ha sido el trabajo forzado, mediante el cual los condenados participan en actividades como la explotación de minas o el desmonte de terrenos, obteniendo al mismo tiempo algún oficio o experiencia laboral.
En Estados Unidos, por ejemplo, se ha aplicado un sistema de trabajo penitenciario que, en determinados casos, permite reducir el tiempo de reclusión cuando el trabajo realizado cumple satisfactoriamente con los requisitos establecidos.
Otros países han recurrido a una estrategia distinta: alejar al condenado de la metrópoli y obligarlo a cumplir su pena en territorios lejanos bajo su dominio. Este fue el caso de Francia, que durante un largo período de su historia envió a numerosos reclusos a cumplir condena en sus posesiones de ultramar.
La alternativa de aislar al recluso para impedir que continúe perjudicando a la sociedad se ha aplicado en Chile en diversas ocasiones. Sin embargo, algunas de las más tristemente célebres respondieron más a fines de castigo político que al cumplimiento de una pena común. Ese fue el caso de Pisagua y de varias islas del sur, cuya abundancia en nuestra geografía facilitó su utilización como lugares de confinamiento.
Por cierto, siempre existe la posibilidad de no hacer nada y limitarse a seguir construyendo cárceles. Si a ello se suma lo que yo considero un excesivo proteccionismo del sistema de justicia chileno, el resultado será un aumento permanente del gasto público destinado al sistema penitenciario. De continuar por ese camino, no sería extraño que en el futuro fuera necesario crear nuevos impuestos para financiar la mantención de la creciente población penal, tanto chilena como extranjera, que hoy es sostenida con recursos del Estado.
Pensando en el futuro, no me cabe duda de que muchos gobiernos estarán cada vez más preocupados por el destino de la población penal. Si el preso es, por definición, una persona a la que se aparta de la sociedad por haber cometido delitos graves, es posible imaginar que, con el tiempo, surja una verdadera industria penitenciaria destinada a administrar ese creciente número de reclusos. Incluso podría llegarse a soluciones hoy impensadas, como la construcción de presidios fuera de la Tierra, por ejemplo, en la Luna, para quienes hayan cometido crímenes de extrema gravedad, como actos de terrorismo o asesinatos perpetrados con especial crueldad contra víctimas indefensas.
Tomemos el caso de los reclusos extranjeros en Chile, muchos de los cuales ingresaron al país de manera clandestina. Su situación presenta características particulares que justifican un tratamiento penitenciario diferenciado. Por ello, podría considerarse su reclusión en establecimientos distintos de aquellos destinados a los internos chilenos, junto con evaluar su repatriación una vez cumplida la condena, de conformidad con la legislación vigente y los tratados internacionales aplicables.
Lo que no podemos aceptar es que la privación de la vida se convierta en una alternativa para resolver el problema de los reclusos, incluso tratándose de quienes han cometido los delitos más graves. Esa posibilidad ya ha sido descartada por nuestra legislación, y así debiera mantenerse mientras no exista una solución mejor para enfrentar este desafío. Quizás solo una inteligencia extraordinaria, del calibre de Einstein, sea capaz de imaginar una alternativa más eficaz y al mismo tiempo compatible con el respeto a la vida humana.
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