Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
Claudio Crespo, exteniente coronel de Carabineros absuelto en el caso Gatica, intentó reincorporarse a la institución, pero su solicitud fue rechazada debido a un sumario por manejo indebido de una cámara GoPro. A pesar de su absolución, la institución no aceptó su retorno, alegando falta de normativa para reintegrar personal en retiro temporal. Su abogado insistirá con un recurso de revisión, cuestionando los fundamentos de la resolución y plazos de retiro absoluto.
Luego de que en agosto pasado la Corte de Apelaciones de Santiago confirmara su absolución en el caso Gatica, Claudio Crespo, exteniente coronel de Fuerzas Especiales de Carabineros, anunció gestiones para solicitar su reincorporación al servicio activo de la institución. Sin embargo, esta fue rechazada, pero su abogado insistirá por medio de nuevas acciones.
Como consignó La Tercera, la negativa recae en que Crespo fue sometido a un sumario administrativo por el manejo de la cámara GoPro que debía utilizar en los operativos que efectivos policiales realizaban diariamente en el marco de las protestas del estallido social en 2019.
Se estableció que Crespo no descargó las imágenes en el computador fiscal para esos efectos ni tampoco informar a su jefatura. De hecho, las imágenes fueron recién entregadas en diciembre, siendo que el suceso donde el actual diputado Gustavo Gatica terminó ciego y dio paso a la investigación en su contra ocurrió el 8 de noviembre de 2019. Antes del proceso penal, el exuniformado fue sometido al retiro temporal con dicho argumento.
En dicho contexto, el procedimiento sumario quedó en suspenso, a la espera de una resolución respecto al caso. Como se mencionó, terminó absuelto de los cargos que le imputaba la Fiscalía Centro Norte.
Tras su absolución, su abogado, Mauricio Bascur, mediante un requerimiento formal, solicitó al general director de Carabineros, Marcelo Araya, la rehabilitación de Crespo para que pudiera regresar a la institución y recuperar el cargo que tenía antes de su retiro, considerando además que estaba próximo a ascender de grado.
La primera negativa llegó el 12 de agosto, en un escrito firmado por el propio general director.
“Allí se repasa punto por punto la situación administrativa de Crespo, donde se considera la falta en la cual incurrió por la manipulación de las cámaras que portan los uniformados. Lo mismo se hace con la buena conducta del inculpado y sus años de servicio a la institución. Luego de acoger en parte el recurso de reposición por el sumario, el proceso establece que se modifica la separación del servicio y se le fija un día de arresto, sin servicio. Luego la resolución es derivada al Departamento de Personal para discutir su reincorporación”, explica La Tercera.
Las opciones de Crespo se acabaron en ese último paso. Con fecha 1 de septiembre, un documento firmado por el general inspector Ariel Oñate indica que “no existe normativa legal ni reglamentaria para el reingreso inmediato del personal de nombramiento supremo que fue llamado a retiro temporal”.
Por si fuera poco, la resolución enfatiza que Crespo estuvo más de tres años sometido a un retiro temporal. En dicho plazo, este pasa a ser un retiro absoluto.
Eso sí, basándose en el escrito anterior firmado por Araya, una arista resulta contradictoria para el abogado defensor de Crespo: el documento dice que la situación sería diferente si Crespo fuera un PNI (personal de nombramiento institucional), grados como cabos y suboficiales, donde sí podría ser rehabilitado en la institución.
Insistirá en su reincorporación
Bascur afirmó a La Tercera que presentará un recurso extraordinario de revisión. Buscará que se reconsideren dos puntos. El primero, los fundamentos detrás del uso de las cámaras, donde dice que nunca se manipularon y que su defendido no descargó imágenes. “Creemos que, independientemente de que se haya morigerado de una forma la medida gravosa que se aplicó en primera instancia (en el sumario), los fundamentos de esta resolución nuevamente son errados”, aseveró.
Asimismo, abordará los plazos que terminan por dar el retiro absoluto de Crespo. A su criterio, considerando el artículo 41 de la Ley 18.961 y en el D.F.L. 2 de Carabineros de Chile, artículo 110, con respecto al retiro absoluto, se omitió el inciso segundo, que consigna: “No obstante, respecto del oficial procesado cuyo retiro se hubiere dispuesto por los hechos materia del proceso, el plazo se prolongará hasta la terminación de la causa”.
“Esto es paradójico, nunca pensamos que el adversario iba a estar en la propia institución ni que la institución buscara un argumento legal que a lo menos es falso para poder”, recalcó el letrado.
Créditos: Agencia UNO
Según Bascur, si se considera el juicio en su contra, Claudio Crespo lleva 89 días en retiro temporal.
“Esta es una muy mala señal para el personal de Carabineros. Lo que evidencia es que, independientemente de lo que resuelvan los tribunales de justicia en una causa penal, Carabineros de Chile toma la decisión arbitraria de no proteger a su personal”, insistió el abogado al citado medio. Además, de no obtener otra respuesta, acudirá a la Corte de Apelaciones.
“Resulta lamentable. Creemos que la decisión de reincorporar a Claudio Crespo requería de una valentía del actual general director que no fue demostrada en su momento ni por el general Mario Rozas ni por el general Ricardo Yáñez”, concluyó tajante Mauricio Bascur.
Nuestra sección de OPINIÓN es un espacio abierto, por lo que el contenido vertido en esta columna es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial de BioBioChile
Estamos recopilando más antecedentes sobre esta noticia, quédate atento a las
actualizaciones.
Alerta de Spoiler
Este artículo podría contener información clave sobre la trama de un libro, serie o
película.
Advertencia de imágenes explícitas
¡Cuidado! Las imágenes de este artículo pueden herir la sensibilidad de algunas personas.
VER RESUMEN
Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
{{ post.resumen_de_ia }}
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
Violencia contra la mujer
Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, denuncia al
149 de Carabineros, recibe orientación llamando al
número corto 1455 del Sernameg o pulsa para
usar el chat de orientación Sernameg
Suicidio
Si necesitas ayuda psicológica especializada o conoces a alguien que la requiera, el Ministerio
de Salud tiene un teléfono de ayuda atendida por profesionales todos los días del año y las 24 horas,
marcando desde celulares el *4141. Además, puedes recurrir a Salud Responde en el 600 360 7777.
Las personas sordas pueden recibir asistencia ingresando a
este enlace.
Transporte privado
Las aplicaciones de transporte privado pagado aún no se encuentran normadas por la legislación chilena.
Estudio científico
Este artículo se basa en un estudio científico que puede ser sometido a nuevas pruebas para ser validado o descartado. Sus resultados NO deben considerarse concluyentes.