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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Tres motociclistas murieron en un trágico accidente en el kilómetro 16 de la Ruta 5 Norte, donde las velocidades temerarias jugaron un papel crucial. Las motos implicadas, una BMW S 1000 R y una Suzuki GSXR 1000R, tienen altos valores y alcanzan velocidades máximas de más de 200 km/h y hasta 299 km/h, respectivamente. La conducción imprudente, a 180 km/h, provocó una colisión fatal con un vehículo que circulaba a 60 km/h, resultando en la muerte de los principales involucrados. La ley establece límites de velocidad y sanciona la conducción temeraria.

Las tres personas que fallecieron en la madrugada de este viernes, en un fatal accidente en el kilómetro 16 de la Ruta 5 Norte, se desplazaban en motocicletas que alcanzaban velocidades temerarias.

Según constató Radio Bío Bío, las motocicletas involucradas en el fatal suceso son una marca BMW, modelo S 1000 R, y otra Suzuki GSXR 1000R, cuyos valores —según las páginas oficiales de las marcas— son $23.990.000 y $19.999.900, respectivamente.

En el caso del vehículo BMW, la propia marca indica que supera los 200 km/h de velocidad máxima, pudiendo alcanzar incluso los 250 km/h según el portal especializado MotoPlanete.

BMW S 1000 R

En tanto, de acuerdo con sitios web especializados, el modelo de Suzuki podría alcanzar los 299 km/h.

Suzuki GSXR 1000R

Conducción temeraria provocó la muerte de los tres motociclistas en la Ruta 5

Cabe recordar que, según el teniente coronel Mario Ugarte, el suceso tuvo su origen en una “conducción temeraria y riesgosa“.

De acuerdo a Ugarte, el hecho fue una colisión por alcance provocada por una motocicleta que iba a 180 km/h con un hombre y una mujer a bordo, la cual impactó a otro vehículo conducido por un chileno de 45 años que circulaba a 60 km/h. Todos ellos fallecieron.

El uniformado precisó que, desde 2022, la Ley 21.495 establece que la conducción temeraria riesgosa —aquella que sobrepasa el límite de 60 km/h de velocidad máxima fijada por la normativa— corresponde a la participación y organización de carreras clandestinas o a cualquier actividad en la vía pública que ponga en peligro la seguridad de los demás.

Por su parte, el fiscal Felipe Olivari de la Fiscalía Regional Centro Norte, aclaró que los otros tres motociclistas que resultaron heridos y fueron trasladados a otros asistenciales fuera de riesgo vital “no tienen responsabilidad en la caída de las dos primeras motos que de hecho los antecedían en esta circulación“.

Dichas personas quedaron en libertad y apercibidas bajo el artículo 26 del Código Procesal. Sobre ellos, Olivari precisó que existen diligencias en desarrollo para determinar a qué velocidad exacta circulaban, “entendiendo que podría darse también un delito de conducción temeraria, que esto es el conducir a una velocidad a más de 60 km/h del límite permitido“.