Luego de que el Tribunal Constitucional declarara inconstitucional la solicitud de cierre del juicio en contra del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, demandado por la Inmobiliaria Bellavista, el jefe comunal podría ser formalizado por los delitos de prevaricación administrativa y negociación incompatible por tráfico de influencias.

El Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, en la región Metropolitana, resolverá próximamente la acusación presentada por la empresa Desarrollo Inmobiliaria Bellavista, en contra del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, acusado por los delitos de prevaricación administrativa y negociación incompatible por tráfico de influencias.

Esto, luego de que en octubre pasado el Tribunal Constitucional le diera la razón a la inmobiliaria y resolviera que el jefe comunal puede ser acusado penalmente por los delitos mencionados.

La acción judicial, que también acusa al director de Obras de la municipalidad de Recoleta, Alfredo Parra, fue presentada en 2017 por la empresa.

Según la demanda, desde 2013, Jadue ha negado la recepción de una de las torres del proyecto emplazado en la comuna, pese al fallo de la Corte Suprema que lo han obligado a ello.

En consecuencia, Inmobiliaria Bellavista presentó la acusación particular junto a una batería de pruebas que se conocerán en el juicio, por ejemplo, diversos fallos judiciales que establecen que “el señor Jadue ha atentado contra la respetabilidad y eficiencia de la función jurisdiccional” de los órganos que forman parte de la Administración del Estado, según la demanda.

Fiscalía “no hizo su pega”

Al respecto el abogado de la causa Cristian Espejo, expresó que el Ministerio Público “no hizo su pega”, al no formalizar a Jadue.

“Todas sus actuaciones han sido realizadas para impedir al recepción del edifico y evitar que 222 familias puedan vivir en sus departamentos”, sentenció el abogado.

Recordemos que el 3 de noviembre de 2020, el fiscal adjunto de la Fiscalía de Alta Complejidad, solicitó al Tercer Juzgado de Garantía de Santiago el cierre de la investigación.

Por lo anterior, el Tribunal Constitucional tomó conocimiento de hecho y determinó la inconstitucionalidad del actuar del Ministerio Público.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)