La Comisión Chilena de Derechos Humanos (CCHDH) interpuso una querella por el delito de homicidio frustrado del menor que habría sido empujado por un carabinero desde el puente Pío Nono al lecho del río Mapocho, en medio de una manifestación en plaza Baquedano, en la región Metropolitana.

La acción judicial, que fue declarada admisible, es en contra del presidente Sebastián Piñera, del ministro del Interior, Víctor Pérez; el general director de Carabineros, Mario Rozas; y de todos quienes resulten responsables, sea en calidad de autores, cómplices y/o encubridores, tanto en comisión activa como por omisión, atendidas las consideraciones del hecho ocurrido el pasado viernes.

Argumentan que el uso de la fuerza debe estar suficientemente fundado en la legislación nacional y debe efectuarse en el cumplimiento del deber, empleando métodos y medios que hayan sido previamente autorizados por Carabineros.

De igual forma, “el personal de Carabineros en el desempeño de sus funciones debe utilizar, en la medida de lo posible, medios no violentos antes de recurrir al uso de la fuerza, correspondiendo hacer uso de ésta, cuando los otros medios resulten ineficaces o no garanticen el logro del resultado previsto. El uso de la fuerza es el último recurso frente a la resistencia de un sujeto sometido al control o la acción de Carabineros o para repeler una agresión ilegitima”.

Esto significa -continúan- que “debe haber un equilibrio entre el grado de resistencia o de agresión que sufre un carabinero y la intensidad de fuerza que se aplica para lograr que la persona se someta al control policial. Igualmente, este principio conlleva que el uso de la fuerza tiene como límite que no puede infligir más daño, que aquel que se pretende evitar con su empleo y, en su caso, considerar las características particulares de la persona, como, por ejemplo, ser un niño, niña o adolescente o un adulto mayor”.

Por ello, es que solicitan al Juzgado de Garantía de Santiago que se cite a declarar al ministro del Interior y la general director de Carabineros.

Asimismo, que se oficie a la Clínica Santa María para que entregue ficha clínica, diagnostico, DAU, exámenes, TAC y todos los antecedentes que de éstos deriven y se ordene al Servicio Médico Legal realizar la pericia referente a secuelas de lesiones graves en la víctima e informe en cuanto las consecuencias directas ya sea física o psíquica de que ella deriva.

También buscan que se oficie a Carabineros para que detalle los arietes y/o dispositivos desplegados, respectiva orden de servicio y hoja de novedades del turno el 2 de octubre de 2020, alrededor de las 19:00 y 20:00 horas, en inmediaciones de la rotonda de plaza Baquedano y Puente Pío Nono; para que informe y remita copia en formato de audio y transcripción de las comunicaciones sostenidas por cada dispositivo en el periodo comprendido; y para que informe si uno o más funcionarios portaban cámaras corporales o Go-Pro, u otro tipo de grabación diversa institucional, se remita copia íntegra de las imágenes respaldadas indicando la identificación de nombre, grado y la unidad de la cual estaba cumpliendo servicio dicha jornada.

Querella de Tomás Hirsch

Por los hechos antes citados, también interpuso una querella el diputado Tomás Hirsch en contra del carabinero Sebastián Zamora y en contra de todo quien resulte responsable por los delitos de homicidio frustrado y de obstrucción a la investigación.

Solicitan al tribunal despachar una orden de investigar a la Brigada de Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones, que se cite a declarar a la víctima y la carabinero involucrado.

También que se recaben copia de las grabaciones de las cámaras de seguridad y de tránsito del día 2 de octubre de 2020, relativas al Puente Pío Nono y sus inmediaciones.

Además, que “se identifique a los funcionarios policiales de la 1º y 40º Comisarías de Santiago que participaron en los llamados a la Fiscalía aportando antecedentes falsos en referencia a la víctima, se les tome declaración, y previa autorización judicial, se solicite a las compañías telefónicas el tráfico de llamadas de celular de todos las personas involucradas en los hechos de encubrimiento narrados en esta querella. En esta misma línea, solicitamos que se incauten sus teléfonos celulares con miras a obtener copia de sus mensajes (de texto, WhatsApp, y cualquier otro servicio de mensajería celular) durante las mismas fechas”.