La Corte Suprema acogió un recurso de protección en contra de la administradora de un edificio en Las Condes, por impedirle a una mujer mantener en su departamento a su perro de compañía terapéutica.

La demandante vive desde junio de 2018 en dicho lugar y el año pasado su médico le prescribió una receta médica para tener a Asti, una mascota de apoyo emocional. Sin embargo, desde la administración del inmueble le indicaron que estaba prohibido tener animales.

Tras la reiterada negativa de la administración para que pudiese conservar a Asti, la mujer dejó al perro al cuidado de sus familiares. Sin embargo, luego de volver a ver a su médico, se percató que la prohibición de tener a la mascota de apoyo era una vulneración a su derecho a la vida y a la integridad física y psíquica.

En el fallo, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció que existió un actuar arbitrario de la administradora al impedir la tenencia de la mascota que fue recomendada por un médico.

“Si bien es un hecho no discutido que el reglamento que rige la vida en comunidad del inmueble en el que reside la actora es claro en cuanto impide la tenencia de mascotas, la circunscribe a que las mismas representen una perturbación para los demás residentes, cuestión que no se ha acreditado de modo alguno en este proceso”, sostuvo el fallo.

Además, se detalló que la demandante adjuntó antecedentes médicos que dan cuenta de su situación de salud y la prescripción de la mascota de compañía, los cuales “constituyen un fundamento suficiente para permitir excepcionalmente que resida en su domicilio, durante el tiempo que la indicación médica disponga y resguardando la misma que el animal no provoque los inconvenientes referidos en el reglamento señalado”.

“El actuar de la recurrida es arbitrario, toda vez que sin justificación racional alguna ha prohibido a la recurrente que mantenga una mascota de compañía terapéutica, sin mayor fundamento que la disposición consagrada en un reglamento de copropiedad que tiene 27 años desde que fue dictado y que como todo cuerpo normativo se debe ajustar en su interpretación a los cambios sociales y realidades actuales de interacción en comunidad”, se añadió.