El Octavo Juzgado de Garantía de Santiago decretó que cinco de los 12 carabineros de Fuerzas Especiales que están acusados por el delito de torturas deberán cumplir la medida cautelar de prisión preventiva.

Tanto la Fiscalía como querellantes solicitaron al tribunal la prisión preventiva, por considerar que los uniformados son un peligro para la sociedad. En tanto, la defensa de los acusados aseguró que solo existe el delito de apremios ilegítimos y no tortura.

De acuerdo a antecedentes que son parte de una investigación, los uniformados están acusados por la agresión a Moisés Órdenes, quien a causa de los golpes perdió la visión de un ojo.

Esta agresión se registró el pasado 21 de octubre e incluso quedó registrada en una transmisión en vivo que realizó un canal de la televisión. En las imágenes se ve cómo los funcionarios golpean al joven con sus bastones, incluso uno de ellos le dio una patada que lo hizo caer al suelo.

Los otros siete imputados -que no habrían evitado la golpiza al manifestante- se les decretó la medida cautelar de firma semanal en la 33° Comisaria de Ñuñoa, arraigo nacional y prohibición de acercarse con la víctima.

La formalización de los uniformados debió ser suspendida en dos oportunidades. La primera fue debido a una petición de la defensa de los carabineros, mientras que la segunda fue pedida por el tribunal.

Defensa asegura que apelará

El persecutor de la Fiscalía local de Ñuñoa, Álvaro Pérez, volvió a ratificar que las prácticas realizadas son constitutivas de tortura.

Uno de los querellantes en la causa y abogado de la víctima, Francisco Bustos, enfatizó que efectivamente la labor de Carabineros es relevante, pero que eso no le da derecho a “violar los derechos humanos”.

Uno de los abogados defensores de los uniformados, Mario Vargas, enfatizó que apelarán a la resolución porque -según su visión- no puede ser que Carabineros cumpliendo su deber sean sancionados.

El tribunal determinó no mostrar los rostros ni dar las identidades de los imputados.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)